Con la documentación tenida a la vista se concluyó que el MOP no tendría ninguna responsabilidad en el hecho, dado que los privados que construyeron los edificios aislados en altura violaron las disposiciones normativas contenidas en la zona V3 del Plan Regulador Comunal de Viña del Mar, al construir esos edificios a pesar de que dicha norma lo impide.
En esos frágiles terrenos en pendiente superior a 29° sólo se admiten edificaciones escalonadas y por ello en atención, que se produjo un daño ambiental, le propusimos a la alcaldesa que la Municipalidad se autodenuncie en el juzgado de garantía para que un fiscal del Ministerio Público investigue las razones por las cuales el director de Obras Municipales otorgó esos permisos contrarios a derecho. En paralelo también le propusimos que su municipio eleve los antecedentes, dada la vulneración del artículo 51 de la ley 19.300, al Consejo de Defensa del Estado (CDE) para que este servicio asuma su responsabilidad por el daño ambiental ocasionado voluntariamente por actores privados.
La alcaldesa con su directora jurídica revisará los antecedentes para proceder en consecuencia y en el trascurso de la próxima semana daremos a conocer a la opinión pública los antecedentes gráficos que dan cuentas de las alteraciones en el campo dunar, informando asimismo que la pendiente en ese sector supera los 35° según la información de fotografías satelitales de Google Earth .
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