Tras denuncia ciudadana se pudo constatar que este megaproyecto inmobiliario no cuenta con permiso ambiental que autorice la modificación de su proyecto inicial.
Santiago, 07 de julio de 2022. La construcción de un megaproyecto inmobiliario sin contar con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA). Este es el cargo grave que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) imputó a la contra Inmobiliaria Santa Isabel, titular del proyecto “Lomas de Lo Aguirre”, ubicado en la comuna de Pudahuel.
Este procedimiento sancionatorio se inicia luego de una denuncia de la concejala de Pudahuel, Gisela Vila Ruz, que entrega a la SMA información sobre la construcción de este mega proyecto, que inició su ejecución el año 1989, y que ha ido creciendo con distintas etapas. Algunos de los terrenos se han vendido como lotes (sin construcción de vivienda), y en otros casos, se han vendido casas en distintas etapas, todo dentro del área urbana del Plan Regulador Metropolitano de Santiago.
Cabe destacar que este proyecto se ubica en una zona declarada como saturada para Ozono, Material Particulado respirable, partículas en suspensión y monóxido de carbono, y como latente para dióxido de nitrógeno, y, declarada como zona saturada por material particulado fino respirable MP2,5.
“La instructora del procedimiento de sanción, formuló un cargo grave porque el megaproyecto no cuenta con permiso que autorice la modificación del mismo, teniendo presente que se ubica en una zona declarada latente y saturada, y consiste en la construcción y operación de un proyecto inmobiliario que se emplaza en una superficie mayor a siete hectáreas y considera la construcción de más de 300 viviendas”, explica el Superintendente del Medio Ambiente (S), Emanuel Ibarra.
Una infracción grave puede finalizar con una multa de hasta 5.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalentes a casi $4.000 millones, según la Ley Orgánica de la SMA, o la clausura del proyecto.
Tras la notificación, la empresa puede optar por presentar sus descargos (defensa) a la SMA, en un plazo de 15 días hábiles, o bien, presentar un Programa de Cumplimiento (PdC) dentro de 10 días hábiles. Un PdC es un programa de acciones y metas que permite al infractor ponerse al día con sus obligaciones ambientales.
Para revisar con más detalle resolución sancionatoria de la SMA, descargar documento en el siguiente link: https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/2938