y además fue sancionado por la DGA.
Se adjunta el contrato de "arriendo" entre la municipalidad de Vitacura y el Club de Planeadores de Santiago, persona jurídica privada que ocupa un terreno de 15 hectáreas, predio que, conforme a la regulación urbanística vigente en el artículo 5.2.2 del Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS), es parte de un área verde denominada "Parque Metropolitano Río Mapocho". Por otro lado, el artículo 8.4.1.3 del mismo PRMS, también reconoce dicho recinto como aeródromo municipal.
En este tipo de parques metropolitanos están admitidas solo las actividades recreacionales, deportivas, de culto, cultural, científico, de esparcimiento y turismo al aire libre y las instalaciones y/o edificaciones que se desarrollen en este tipo de parques no pueden sobrepasar el 1% de la superficie total de los predios en donde se ejecutan dichas actividades, incluidas las áreas de estacionamientos, además en este caso las propias del recinto destinado al aeródromo municipal.
Resulta asaz curioso que en el contrato de arriendo se indique que la municipalidad de Vitacura es "propietaria" de los predios, pues por aplicación del artículo transitorio de la ley Nº 20.791, el "Parque Metropolitano Río Mapocho” tiene declaratoria de utilidad pública vigente desde octubre de 2014. Luego, por aplicación del artículo 36 de la ley Nº 18.695, la municipalidad debió realizar una concesión de ese bien nacional de uso público que nos pertenece a todos los chilenos y por ello el simple "arriendo" al Club de Planeadores de Santiago es improcedente.
Dicho sea de paso, el Club de Planeadores de Santiago, gracias a la responsable denuncia de la concejal Luz Pacheco, fue recientemente sancionado por la Dirección General de Aguas (DGA) por extracción indebida de las aguas del río Mapocho, ver link: