Fundación Defendamos la Ciudad denunció en Contraloría General de la República nuevos errores de esa DDU, ahora respecto del cálculo de la sombra proyectada del edificio sobre los predios vecinos. En efecto, el Minvu en su Circular N° 88, de 2021 (DDU N° 456) intentó aceptar que en los estudios de sombra existieran volúmenes por sobre la altura máxima de edificación, ello a pesar de lo señalado anteriormente en la Circular DDU 168, la que dice "para definir esta sombra siì se deberá considerar la altura total del proyecto propuesto, incluyendo el piso mecánico"
En ente fiscalizador le manifestó al desobediente Minvu que en sus dictámenes N°s. 74.226, de 2016, y 14.578, de 2017, se dice que es improcedente incorporar en el estudio de sombra volúmenes por sobre la altura máxima de edificación, pues ello vulnera los citados artículos 1.1.2. y 2.6.11. de la OGUC por lo que la reseñada circular no se ajusta a los términos descritos. También le dijo que no corresponde considerar las construcciones de la azotea para establecer el distanciamiento hacia los predios vecinos.
Se adjunta informe N° E191273 del 4 de marzo de 2022 dirigido al Minvu