En efecto, dicha Prelatura religiosa demolió esas casas de “conservación histórica” situadas en la esquina nor-oriente de la Avenida Presidente Errázuriz con la calle Burgos en dicha comuna, para construir su edificio institucional, al margen de la legislación vigente, tal como lo dictaminó en su oportunidad la Contraloría General de la República. El Seremi de Vivienda y Urbanismo y la Directora (S) de Obras Municipales de Las Condes se excedieron en sus atribuciones legales al autorizar dicha demolición, el primero, y al aprobar el permiso de edificación Nº 269 del 26 de octubre de 2001, la segunda. Por lo anterior, al tratarse de un hecho consumado, la Agrupación “Defendamos la Ciudad” le solicitó a Joaquín Lavín, en su calidad de supernumerario de la Prelatura y Alcalde de Santiago que intercediera para que el privado beneficiado -Opus Dei- con los “errores” de los funcionarios del Estado compensara a la ciudad de Santiago con un aporte de 3 millones de dólares orientados a recuperar edificios declarados Monumentos Nacionales que se encuentran en mal estado de conservación en el centro de la ciudad. Como el alcalde Lavín no contestó ese requerimiento ciudadano fue necesario recurrir al CDE para que iniciara la acción judicial en contra de quienes actuaron ilegalmente en perjuicio del bien común de la ciudad. Mediante ORD. 01974 del 6 de mayo de 2005, Clara Szczaranski, Presidenta del CDE, responde nuestra denuncia del 30 de septiembre de 2002 señalando que “del estudio y análisis jurídico realizado se ha concluido que en la situación planteada por esa Agrupación no le corresponde intervenir al Consejo de Defensa del Estado........porque los dos inmuebles han sido calificados de conservación histórica pero no han sido declarados monumentos históricos..............., por lo que no están bajo la protección del Estado, conforme lo que señala la Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales”. Patricio Herman de “Defendamos la Ciudad” señaló al respecto que “está absolutamente claro que estamos ante un nuevo caso de impunidad que benefició a un privado con buenas conexiones con la estructura del Estado, ya que si bien es cierto el CDE señala lo correcto, en cuanto a la diferenciación protectora de esos inmuebles, éstos de demolieron violándose el artículo 34º de la Ordenanza del Plan Regulador de Las Condes y el artículo 60º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y aquí no ha pasado nada. Así se escribe la historia de los organismos públicos eminentemente flexibles en la hora de interpretar las normas de los marcos regulatorios. En síntesis, el dictamen del ente contralor no produjo ningún efecto porque los organismos públicos sectoriales prefirieron esconder el polvo debajo de la alfombra” (FIN) Depto. Comunicaciones “Defendamos la Ciudad” 2330321-09/2585459
18 Mayo 2005
Comunicado de Prensa, Defendamos la Ciudad
Las instituciones no pueden funcionar por las presiones de los grupos
Después de 2 años de análisis jurídicos, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) tomó una decisión con respecto a la demolición ilegal de 2 viviendas de la Prelatura del Opus Dei, tipificadas como de “Conservación Histórica” y protegidas por el Plan Regulador Comunal de Las Condes.
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