Los seremis de Vivienda y Urbanismo no cumplen el artículo 2.1.17 de la OGUC y levantan (sic) el riesgo de inundación de determinados predios, modificando el PRC o PRMS según corresponda y posteriormente aplican los artículos 28 quinquies o 55 de la LGUC, al quedar el respectivo predio urbano o rural, respectivamente, "sin norma urbanística", lo cual es abiertamente ilegal, no respeta dictámenes de la Contraloría y en definitiva solo favorece intereses particulares.
Se adjunta denuncia en Contraloría con folio W037795/2020
09 Diciembre 2020
Continúan las trampas
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