Otra muestra de lo mal que lo está haciendo la estatal Empresa Portuaria de Valparaíso (EPV).
El día 31 de agosto de 2020, la SMA notificó vía email al municipio de Valparaíso y a la estatal EPV, la Resolución Exenta N° 1742, de la misma fecha, mediante la cual “revoca resolución exenta N° 1088”, de 30 de junio de 2020 de la SMA y “desarchiva denuncia” que indica.
El cuerpo de la Res. Ex 1742 expone que con fecha 5 de diciembre de 2016, ingresó una denuncia del Sr. Salvador Donghi Rojas, en contra del “Proyecto Puerto Barón” ubicado en terrenos de la estatal EPV emplazados en el litoral de Valparaíso, indicando que la aludida estatal es titular del Permiso de Edificación No. 79/2013, emanado de la Municipalidad de Valparaíso y que, con posterioridad, ese permiso fue modificado sancionado mediante resolución N° 603/2015, del mismo municipio. El proyecto original del Mall Puerto Barón era esencialmente comercial y mediante la modificación se introdujo la construcción de un Terminal de Pasajeros para Cruceros, denominado VTP.
En esencia, la denuncia se hace consistir en que la construcción del VTP, amparado en el permiso de edificación del proyecto Mall Puerto Barón, constituye una variación del proyecto que tipifica en literal f) del art. 10 de la Ley 19.300 que debe ingresar al sistema de evaluación ambiental y como dicho ingreso no se ha verificado, estaríamos ante un caso evidente de elusión al sistema de evaluación ambiental.
Mediante antecedentes aportados por el municipio y recopilados por la SMA, se concluyó que las obras denunciadas no cumplían con ninguna de las tipologías de ingreso listadas en el artículo 10 de la Ley 19.300, razón por la cual no era posible levantar una hipótesis de elusión al SEIA, lo cual derivó el archivo de la denuncia, fundado en que el VTP es un proyecto diferente al Mall Puerto Barón y que ninguna obra se había ejecutado, a pesar de estar amparados en un mismo permiso de edificación, que a esa data el edificio estaba casi terminado, actualmente funcionando sin una autorización ambiental favorable (sic).
Ante tal decisión irregular el denunciante reclamó al Segundo Tribunal Ambiental el día 31 de julio de2020, y ante tan contundentes argumentos, la SMA asume que había incurrido en un error y decide revocar el archivo de la denuncia y, en su lugar, ordena remitirá la Oficina Regional de Valparaíso de la Superintendencia, para que se refiera a la posible elusión al sistema de evaluación de impacto ambiental por las obras del Terminal de Pasajeros VTP del Proyecto Puerto Barón.
El abogado Rodrigo Avendaño, de la fundación Defendamos la Ciudad, que patrocina la denuncia y reclamo ante el tribunal ambiental señala que esta decisión, aunque tardía, va en la dirección correcta, destacando que en los hechos estamos en presencia de una evidente infracción de elusión al Sistema de Evaluación Ambiental y aunque la oficina de la SMA de Valparaíso probablemente ya tiene una opinión respecto de este proyecto, espero que esta vez guarde objetividad y prime el derecho.
Agrega que el proyecto del VTP junto al proyecto del Terminal 2, que ya cuenta con una RCA favorable y la evaluación en curso del acceso sur, son todos impulsados por la estatal EPV, independiente que los concesionarios sean entidades privadas, que en suma siempre debieron tramitarse en conjunto y no de manera fraccionada, infracción de la cual está conociendo el Segundo Tribunal Ambiental de Santiago, por los efectos acumulativos que generan estos tres proyectos. Como se puede apreciar, el VTP se puede transformar en un problema insalvable del Terminal 2 con el cual debe lidiar desde ahora la estatal EPV.