04 Agosto 2020

Defendamos la Ciudad denuncia el 03/08/20 en Contraloría el rol auto asignado que asume la Oficina GPS

del Ministerio de Economía en la institucionalidad ambiental. A continuación, el texto adjuntándose 2 documentos relacionados
 
 
 
Santiago, 3 de agosto de 2020

Señor
Jorge Bermúdez S.
Contralor General de la República
Presente

REF. Fundación Defendamos La Ciudad expone antecedentes sobre participación de Oficina GPS en tramitación ambiental de proyectos inmobiliarios y solicita lo que indica.

Como es de su conocimiento, el 11 de julio (ingreso W017241/2020) solicité su pronunciamiento sobre la juridicidad de la resolución del Director Ejecutivo del SEA que entregó una RCA favorable al proyecto inmobiliario "Hijuelas-Quilín" de la comuna de Peñalolén, a pesar de que ese proyecto no cumple las normas urbanísticas aplicables y, por lo tanto, no podrá construirse.

El 27 de julio (ingreso W018769/2020) hice lo mismo en relación con un oficio de marzo del presente año, del mismo funcionario, que entrega instrucciones para la aplicación de los literales g) y h) del artículo 3º del Reglamento del SEIA en el que, entre otras cosas, le pido su pronunciamiento sobre qué debe entenderse por "urbanización" y "loteo" en el contexto de la evaluación ambiental de proyectos.

En este último caso su pronunciamiento es relevante porque distintos proyectos inmobiliarios han evitado ser analizados ambientalmente utilizando interpretaciones de esos dos conceptos que son similares a las planteadas en el oficio del Director Ejecutivo del SEA, a pesar de que corresponden a proyectos o actividades que pueden causar impacto ambiental al estar ubicados, por ejemplo, en áreas de la región Metropolitana bajo protección oficial según la jurisprudencia de la Contraloría, que es de cumplimiento obligatorio para ese servicio público.

A través de la prensa tomé conocimiento de que la Oficina de Gestión de Proyectos Sustentables (GPS) del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo ha realizado acciones para gestionar, facilitar y/o acelerar la tramitación ambiental de un proyecto minero. Esas acciones también se refieren a proyectos inmobiliarios. En efecto, "Hijuelas-Quilín" aparece en el listado de proyectos apoyados por la Oficina GPS.

Por su parte, en el caso del proyecto "La Cumbre" en Colina, que se encuentra sometido a un requerimiento de ingreso al SEIA (REQ-010-2020), el SEA RM se pronunció en mayo descartando la obligatoriedad de ingreso al SEIA utilizando interpretaciones similares a las incluidas en el ya mencionado oficio, ver documento adjunto.

Desde el punto de vista de la tramitación ambiental de un proyecto de inversión, la máxima celeridad se logra cuando el proyecto no debe someterse al SEIA y en esa línea el oficio del Director Ejecutivo del SEA parece ser un avance significativo.

Producto de lo anterior, solicité al Sr. Ministro de esa cartera que me entregue los antecedentes que den cuenta de la eventual intervención de la Oficina GPS en favor de 5 desarrollos inmobiliarios, cuya copia también se adjunta a esta presentación.

Según la ley Nº 18.575, los órganos de la Administración del Estado deben cumplir por sí solos los principios de eficiencia, eficacia, y coordinación, sin necesidad de que exista la Oficina GPS u otra entidad pública con similares funciones. De otra forma, la existencia de esa oficina sería una muestra de que ciertos órganos públicos no cumplen los principios a los que están obligados, lo cual debería ser evaluado, corregido y eventualmente sancionado a través de la institucionalidad tradicional.

Le pido considerar estos antecedentes en su análisis de mis presentaciones y que además tenga a bien considerar el inicio de una investigación sobre las actividades  que habría realizado la Oficina GPS en favor de proyectos inmobiliarios que no cumplen la normativa ambiental y/o urbanística.

Se despide atentamente,

Patricio Herman
Fundación Defendamos la Ciudad
Organización miembro del COSOC de la Contraloría General de la República
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