Patricio Herman, presidente de la fundación Defendamos la Ciudad, expresa al respecto :
Conforme al inapelable fallo del 19/11/19 de la Corte Suprema que declaró la nulidad del permiso de edificación de 2 estructuras de 6 y 9 pisos del proyecto inmobiliario denominado Hotel Punta Piqueros en Concón, V Región, resolviéndose que esa inversión tampoco cuenta con una Resolución de Calificación Ambiental favorable, ahora el Director de Obras Municipales (DOM) de Concón deberá paralizar las faenas del proyecto en construcción.
Quien ejerció las acciones judiciales en contra de ese proyecto fue el Comité de Defensa del Patrimonio Histórico de Viña del Mar y es necesario aclarar que cuando se aprobó dicho permiso, enero de 2011, se aplicaron en ese acto administrativo las permisivas normas urbanísticas contenidas en el Plan Regulador Comunal (PRC) de Viña del Mar.
Ahora bien, si la institucionalidad llegara a operar, conforme a lo ordenado en los artículos 148 y 157 de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, el titular del proyecto tendrá que demolerlo y si lo desea, puede solicitar un nuevo permiso, adscribiéndose ahora a las normas contenidas en la zona ZLM-2 del PRC de Concón, vigente desde mayo de 2017, en donde se localiza el terreno de la empresa.
La zona ZLM-2 del PRC de Concón establece, entre otras disposiciones urbanísticas, alturas máximas de 7 metros, luego 2 pisos y medio, altura muy inferior a las autorizadas ilegalmente el año 2011, de tal forma que la decisión comercial es de responsabilidad exclusiva del dueño del predio. También cabe la posibilidad cierta de que en este episodio, que contempla una inversión del orden de los US$ 60 millones, se produzca un nuevo hecho consumado, materia que deberá dilucidar el propio municipio de Concón y el ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu).
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