Con fecha 30 de julio del 2019, la Corte de Apelaciones de Valparaíso emitió un documento oficial donde declaró como rechazado el recurso de amparo económico presentado por la empresa Consorcio S.A. contra el Cuerpo de Bomberos de Valparaíso quienes, supuestamente, habrían vulnerado el artículo 19 N° 21° de la Constitución Política de la República, no encontrándose autorizados para explotar la actividad económica y empresarial de cobro de estacionamientos en las calles porteñas y ejerciendo, supuestamente, de manera ilegal, esta actividad.
Sin embargo, este miércoles, la Corte de Apelaciones de Valparaíso falló en contra de la cuestionada empresa de parquímetros, considerando que el municipio tenía la atribución legal de entregar la administración vía permiso al Cuerpo de Bomberos porteño y que, en realidad, son una entidad privada, a pesar de constituir un servicio de utilidad pública.
Respecto al fallo de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso, el alcalde Jorge Sharp, fue enfático en señalar que “la sentencia ratifica nuestro actuar conforme a la ley, pero, además, pavimenta un camino para que en otros lugares de Chile, las municipalidades puedan utilizar este instrumento, para cumplir el objetivo de apoyar a una institución tan importante como bomberos. Nos parece que, hasta ahora, la decisión de haberle otorgado la explotación de más de 600 parquímetros al Cuerpo de Bomberos de Valparaíso, es una decisión que lo que hace es justicia con la ciudad, y además, transparenta la existencia de estos contratos “truchos” que tuvimos que terminar o modificar de la administración anterior, al momento de hacernos cargo de la municipalidad”.
Idea compartida por Nicolás Guzmán, director jurídico del municipio porteño, quien agregó que “esta sentencia es relevante, no sólo porque permite que los Cuerpos de Bomberos de todo Chile pueden explotar estacionamientos en el entendido que no forman parte de los órganos de la administración del Estado y de tal manera, no necesitan una ley de quórum calificado para desarrollar una actividad económica, sino también porque la Corte se pronunció respecto a la legalidad del Decreto Alcaldicio que le otorgó un permiso de ocupación de carácter precario, al Cuerpo de Bomberos de Valparaíso para explotar los estacionamientos que antes estaban concesionados a la empresa Don Javier S.A. En ese sentido, la Corte de Apelaciones reconoció que el alcalde tiene facultados para otorgar permisos o concesiones respecto de los bienes municipales o los bienes nacionales de uso público que ésta administra, ello amparado en el artículo 5, letra c de la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades. Esta sentencia es muy relevante porque en definitiva estima que el actuar municipal, en particular, el Decreto Alcaldicio dictado por el alcalde Jorge Sharp, se apegó completamente a la legalidad."
Cabe recordar que mediante un Decreto Alcaldicio de fecha 26 de marzo del 2012, se adjudicó la “Concesión para el Diseño, Construcción, Explotación y Conservación de Estacionamientos Subterráneos sector plaza Victoria - Plaza Simón Bolívar, Valparaíso”, la cual además incluía la explotación de estacionamientos de superficie en distintos lugares de la ciudad, a la empresa Sociedad Inmobiliaria e Inversiones Don Javier S.A., estableciéndose un pago de 0,3522 UF por mes por cada uno de los 700 estacionamientos de superficie concesionados y un pago de 0,2 UF por cada uno de los 385 estacionamientos subterráneos. Sin embargo, dicho Decreto Alcaldicio fue modificado con fecha 4 de abril de 2012, estableciéndose un pago de 0,25 UF por mes por cada uno de los 700 estacionamientos de superficie y un pago de 0,15 por mes por cada uno de los 360 estacionamientos subterráneos, conforme a la oferta económica presentada por la concesionaria.
No obstante esta rebaja, la concesionaria no dio cumplimiento con el pago de la totalidad de las mensualidades y existió un atraso permanente en el pago de dichas mensualidades. Es por esto que ante los constantes incumplimientos, descritos anteriormente, mediante Decreto Alcaldicio con fecha 05 de noviembre de 2018, la Municipalidad de Valparaíso y el Concejo Municipal, determinaron poner término anticipado al contrato de concesión con la empresa sociedad inmobiliaria Don Javier S.A.
Junto con esto, la empresa demandante, Consorcio S.A. ha sido cuestionada por su administración de estacionamientos en Valparaíso, principalmente tras conocerse un informe de Contraloría que determinó un perjuicio económico de 950 millones tras irregularidades de la empresa.