Patricio Herman sostuvo que “dimos a conocer a la opinión pública el dictamen de la Contraloría General porque como fiscalizadores independientes y transparentes teníamos la obligación de hacerlo. Ahora que el Alcalde de Providencia sostiene que existe un permiso de edificación, no logramos comprender la razón que tiene para no hacerlo público. A nosotros se nos negó y con ello ese municipio violó los artículos 1.1.7. y 1.4.21. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones que obligan a los directores de obras a difundir esos actos administrativos porque son de carácter público. No decían que se había acabado el secretismo en la función ejercida por autoridades ? Creemos que ese permiso se mantiene ilegalmente en reserva porque no está bien otorgado y ello tiene que ver fundamentalmente con la cantidad de estacionamientos que el titular del proyecto desea ejecutar . El efecto, el artículo 7.1. 2. del Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) es muy explícito al exigir la cantidad de estacionamientos que debe tener cada proyecto inmobiliario de acuerdo a los diferentes tipos de actividades constructivas que se ejecutan y por ello en la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) aprobada por Resolución Exenta N º 537 del 27/09/01 de la Corema R.M. se autorizaron 6.908 unidades de estacionamientos. Ahora el titular del proyecto desea construir torres más altas, incluyendo la de 62 pisos y por ende mayor cantidad de m2 edificados y para soportar aquello sólo desea construir 4.500 unidades de estacionamientos, en base a una interpretación que no resiste ningún análisis serio. También el misterioso permiso de edificación Nº 71/A del 30/03/07 no cuenta con la aprobación de la nueva DIA que considera el aumento en la construcción del proyecto, la que se está tramitando desde Enero de 2007 en los distintos servicios públicos sectoriales, tal como se aprecia en la página web de la CONAMA. Recordemos que el artículo 8º de la Ley Nº 19.300 no permite el inicio de obras de proyectos que deben ser evaluados ambientalmente, si no se cuenta con la respectiva Resolución de Calificación Ambiental y la DIA ingresada al SEIA el 5 de Enero de 2007 todavía está en trámite, independientemente que, de acuerdo al artículo 11º de la Ley Nº 19.300, el proyecto debe tratarse como un Estudio de Impacto Ambiental. Por estas razones y por otras, sostenemos que el mágico permiso de edificación anunciado por el alcalde Labbé no tiene ningún valor legal" El abogado de la Fundación, Tomás Fabres, manifestó: "estamos verdaderamente sorprendidos de la oscuridad con que Cencosud y el Municipio de Providencia están manejando este negocio. De hecho no nos explicamos la razón por la cual doña Gabriele Lothholz, la ciudadana alemana que se desempeña como Gerente de Asuntos Corporativos de la compañía, luego de haberse comprometido personalmente a entregar copia del cuestionado permiso de edificación a Defendamos La Ciudad en una conversación personal que sostuvimos hace una semana, terminó sumándose a la estrategia del secreto. Le advertimos a ella y al señor Paulman que ocultar información pública es una gravísima falta contra los intereses de los ciudadanos y que iniciaremos las acciones judiciales tendientes a corregir sus desviados propósitos. Pueden tener por seguro que les va a salir más cara la vaina que el sable pues le haremos internalizar los costos de la infracción a la ley." (FIN) 2330321-09/2585459
04 Julio 2007
Organización ciudadana responde al alcalde de Providencia y a Cencosud
desmintiendo que exista un permiso de edificación legalmente otorgado por el proyecto “Costanera Center”
(Santiago, Miércoles 04/07/07). Fundación “Defendamos la Ciudad” alude al presunto permiso de edificación Nº 71/A del 30 de Marzo de 2007 que habría otorgado la Dirección de Obras de Providencia, ello en el contexto de la polémica derivada del dictamen Nº 27392 del 18 de Junio de 2007 de la Contraloría General de la República, en donde se estableció que no existía un permiso de edificación que avalara las obras en construcción.
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