1. La Corte de Apelaciones no falló a favor de la Inmobiliaria por razones de fondo, sino que por una supuesta falta en la forma en que se tramitó la declaratoria. Por lo mismo el tribunal no cuestiona los valores patrimoniales de la Villa San luis, ni la probidad de los funcionarios públicos y autoridades que llevaron adelante el proceso. La corte solo pide en su sentencia, que se cumpla un artículo de la ley de procedimientos administrativos que exige oír a las partes interesadas para conocer su opinión. Por todo esto, señalamos enfáticamente que el fallo de la Corte de Apelaciones no favorece realmente los intereses de la Inmobiliaria, ya que el tribunal sólo acogió una de la tesis de ilegalidad presentadas, la menos grave, desestimando en el mismo acto, las de mayor peso jurídico.
2. Tómese en cuenta que la corte no reconoció faltas a la Ley de Monumentos nacionales, faltas al Derecho a la propiedad, ni menos aún faltas a la Constitución, es decir, no reconoció ninguna de las acusaciones graves presentadas por los abogados de la Inmobiliaria. Esta es, por lo tanto, una victoria judicial efímera y amarga de la inmobiliaria, que no bastará para derrumbar lo conseguido en nombre de miles de familias desalojadas de Villa San Luis. Si las nuevas autoridades actúan aplicando criterios transparentes, justos y técnicos, la firma de un nuevo decreto que proteja la Villa San Luis, es sólo una cuestión de tiempo.
3. Hay que agregar que el proceso de declaratoria se realizó cumpliendo cabalmente la ley de Monumentos Nacionales, puesto que si se notificó al representante legal de la Inmobiliaria, Luis Felipe Gilabert, mediante oficio 2447 del 29.05.2017 del CMN. Que la correspondencia no llegara a manos del gerente es un hecho dudoso. Además, es un hecho que la inmobiliaria no hizo nada por hacer llegar su opinión al CMN puesto que el proceso de declaratoria fue ampliamente difundido por la prensa.
4. Además, en agosto del año pasado la Inmobiliaria presentó una recurso de reposición jerárquico, pidiendo a la Ministra de educación Adriana Delpiano, que dejará sin efecto la declaratoria, por supuestas ilegalidades cometidas. En ese recurso, la inmobiliaria expuso todos sus puntos de vista. Sin embargo, después de escuchar, revisar los antecedentes entregados y analizar detalladamente el proceso de declaratoria el MINEDUC no encontró motivos ni argumentos para dejar sin efecto la decisión tomada. Por lo tanto, si existió una instancia para oír a la Inmobiliaria.
5. De reiniciarse el proceso de declaratoria, cosa que ocurriría si las autoridades no apelan ante la Corte Suprema, este debería tener el mismo resultado, puesto que la Inmobiliaria ya expuso sus antecedentes en agosto del 2017 y no tiene nuevos argumentos, ni datos que agregar. También resulta inimaginable que los consejeros que voten una eventual declaratoria cambien de opinión, por un fallo que no es sustancial, toda vez que no cuestiona la forma en que se aplicó la ley de Monumentos Nacionales.
6. Nos parece entonces que estamos ante un fallo judicial inoficioso que solo servirá para dilatar lo ya decidido. Cuando la Ministra de Cultura, Alejandra Pérez, deba firmar el nuevo decreto, que declare Villa San Luis Monumento nacional, no tendrá motivos para negarse o para deshacer lo ya sancionado por un organismo del Estado que ha actuado haciendo uso de sus atribuciones legales.
7. Por último, llamamos a no perder de vista lo más importante de este proceso, que es visibilizar las violaciones a los derechos humanos de 1038 familias desalojadas ilegalmente en dictadura y reconocer los valores históricos, sociales, patrimoniales y arquitectónicos del proyecto Villa San Luis. No dejaremos que los intereses del mercado sigan edificando sobre las viviendas sociales más dignas construidas en la historia de Chile.
Comité en Defensa Villa San Luis
Javiera Martínez Henríquez, Comité Defensa Villa San Luis (569) 48799975 @Villa_SanLuis | @ja_mrtnz