20 Noviembre 2017

Edificio Botero en Ñuñoa: ¿Conforme a la Ley de Urbanismo y Construcciones se demolerá este edificio?

Con esta sentencia definitiva se ratifica que el permiso de edificación mal cursado por la Dirección de Obras de Ñuñoa está anulado.

Fundación Defendamos la Ciudad informa que el 15/11/17 la Tercera Sala de la Corte Suprema, rol Nº 49.726-2016, rechazó el recurso de “aclaración” interpuesto por la Municipalidad de Ñuñoa, que buscaba impedir la demolición del edificio conforme a fallo anterior. Con esta sentencia definitiva se ratifica que el permiso de edificación mal cursado por la Dirección de Obras de Ñuñoa está anulado.

Patricio Herman señala al respecto : “Tan pronto el municipio sea notificado por el máximo tribunal, lo que debería suceder la próxima semana, el alcalde Zahri deberá adoptar las medidas conducentes para que se cumpla la sentencia, habida cuenta que los funcionarios municipales que tramitaron el acto administrativo viciado tienen responsabilidades penales según el artículo 22º de la Ley respectiva, misma legislación que ordena demoler la construcción, a expensas del titular del proyecto.

Recordemos que el edificio cuenta con recepción final de obras y varios departamentos ya fueron vendidos, teniéndose en cuenta que en la actualidad ya están ocupados por sus propietarios quienes, deberían ser indemnizados por la empresa que les vendió las viviendas, la cual a su vez, tendría que iniciar acciones judiciales en contra del municipio por el mismo monto de la inversión y gastos asociados, con lo cual ambas cifras, aproximadamente US$ 30 millones, serían las mismas. Luego, si no hay desacato municipal, el único perdedor neto en esta operación sería la propia municipalidad de Ñuñoa”.

Mira el fallo en este link



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