Patricio Herman dice que la Tercera Sala de la Corte Suprema rechazó en forma unánime el recurso de casación presentado por la inmobiliaria en contra de la sentencia anterior dictada por el Segundo Tribunal Ambiental, el que anuló el Estudio de Impacto Ambiental del proyecto Hotel Punta Piqueros. Con este fallo, tal como lo manda el articulo 8 de la Ley 19.300, no se pueden ejecutar faenas de construcción.
Por otro lado es necesario precisar que el respectivo permiso de edificación, el que también había sido anulado con anterioridad por el máximo tribunal, fue incorrectamente revalidado por el Director de Obras Municipales de Concón, situación anómala ya que la ley sectorial no admite revalidar permisos de edificación.
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