23 Abril 2007
Continúa depredación ambiental en Campo Dunar de Concón

Organizaciones civiles de Santiago y la V Región denuncian construcción ilegal de torre de 24 pisos en sector que permite una altura máxima de 4 pisos

La Agrupación Defendamos la Ciudad y la Unión Comunal de Juntas de Vecinos de Concón, V Región, denunciaron hoy a las 10,30 hrs. en la Contraloría General de la República la construcción irregular de una torre de 24 pisos situada en calle Las Pimpinelas 765, comuna de Concón, y el intento municipal de modificar, vía un procedimiento abreviado y a solicitud del sector inmobiliario, las normas urbanísticas del sector en donde está emplazada la torre, para hacerlas más permisivas.

Patricio Herman de la organización ciudadana capitalina expresó "recordemos que estamos hablando de un sector de milinarias dunas que estaba protegido como Santuario de la Naturaleza por el Consejo de Monumentos Nacionales hasta el año 1994. Sabemos que esa calificación fue levantada por el gobierno de Patricio Aylwin para propiciar negocios inmobiliarios. La Contraloría General tendrá que investigar porqué razón la Dirección de Obras de la Municipalidad de Viña del Mar autorizó esa elevada torre que violaba el instrumento normativo urbanístico que limitaba la altura a 4 pisos. Recordemos que en el año 1996, fecha en que se otorgó el permiso de edificación respectivo, no existía la comuna de Concón. Por la tanto, la municipalidad de Concón, heredera de las normas urbanísticas del sector H5, en donde está esa torre, también tendrá que explicarle a la Contraloría porqué no dijo nada públicamente sobre el asunto. El permiso Nº 202 del 09/07/96 otorgado por la Dirección de Obras de la Municipalidad de Viña del Mar consideraba 3 torres similares y sólo una se edificó, lo que supondría que la Municipalidad de Concón privadamente le habría manifestado a la inmobiliaria que las 2 torres pendientes, aunque cuenten con un permiso, no las podrá construir y por esta razón se busca modificar el Plan Regulador del sector H5 para viabilizar ese negocio". La vecina Ana María Vivero, vecina del sector señaló "hemos tenido que recurrir a la Contraloría para que ponga orden ante el creciente desbarajuste que observamos en este tipo de asuntos. Notamos que el sector inmobiliario tiene tratos muy especiales por parte de las municipalidades y en este caso hasta el Seremi de Vivienda y Urbanismo de la V Región estuvo desacertadamente de acuerdo en que el cambio urbanístico se hiciera a través de una simple enmienda, solo porque así es más fácil. Es decir, hay un irrespecto generalizado por ceñirse a las leyes y ordenanzas correspondientes. A esto le llamamos desgobierno". El vecino Eduardo Sahr manifestó "esperaremos el resultado del dictamen de la Contraloría y quisiéramos que la Municipalidad de Concón archive para siempre la idea de hacer más permisiva la zona H5 y es por ello que la inmobiliaria que tiene un terreno en esta zona debe edificar de acuerdo a la altura permitida, vale decir, 4 pisos. Esas son las reglas del juego". Más adelante se lee el documento ingresado hoy lunes con Nº 34469 en la Contraloría General de la República Contactos : 2330321-09/2585459 AGRUPACION "DEFENDAMOS LA CIUDAD" Luz Nº 2889, Las Condes, Santiago de Chile. Teléfonos 09 258 5459-233 0321. www.defendamoslaciudad.cl _______________________________________________ Santiago, lunes 23 de Abril de 2007 Señor Ramiro Mendoza Zúñiga Contralor General de la República La Agrupación "Defendamos la Ciudad", a través de su representante Patricio Herman Pacheco y la Unión Comunal de Juntas de Vecinos de Concón, a través de su presidenta Elda Arteaga Breding, domiciliada en calle Primera Transversal Nº 401, Los Troncos, Concón, solicitan a Contraloría General un pronunciamiento respecto de la legalidad por dos situaciones, en nuestra opinión irregulares, en el ámbito de la planificación urbana, las que describimos a continuación. Una cometida por la Dirección de Obras de la Municipalidad de Viña del Mar y la otra por la Municipalidad de Concón. HECHOS.- El edificio Sol del Este situado en la calle Las Pimpinelas 765, sector Costa de Montemar, comuna de Concón, V región, construido en la zona H5 de la Ordenanza del Plan Regulador Comunal de Viña del Mar, hoy Concón, está emplazado en un terreno de 19.863 m2, según la "Declaración de cálculo del avalúo fiscal" del Servicio de Impuestos Internos que adjuntamos. Esta torre de 24 pisos fue recibida parcialmente por la Dirección de Obras de la Municipalidad de Viña del Mar con fecha 04/12/98, recepción que fue complementada con fecha 16/12/98, según se acredita en la escritura de compraventa de un departamento de los 141 que conforman la torre y carta del 11/12/98 de la Inmobiliaria Costa de Montemar S.A. Ahora bien, en esa misma escritura de compraventa se verifica que la torre en comento se construyó amparada en el Permiso de Obra Nueva Nº 202 del 09/07/96, que incluía dos torres adicionales, finalmente no edificadas. Ese permiso fue ampliado por la respectiva Dirección de Obras el día siguiente, es decir, el 10/07/96. Desde hace algunos días los vecinos de Concón verbalmente y por escrito le solicitaron al Director de Obras de esta municipalidad copia de este acto administrativo terminal como también el certificado de recepción final de la torre de 24 pisos con el propósito de entregárselos a la Contraloría, pero ello se ha visto frustrado porque esa autoridad, por motivos que no calificamos, no los entregó, pasándose por alto las prácticas de la probidad administrativa y la necesaria transparencia. Las normas de edificación de la zona H5 de la Ordenanza del PRC de Viña del Mar, documento que adjuntamos, establecen una altura máxima de 4 pisos, lo que se contrapone con la altura de 24 pisos que tiene la torre llamada Sol del Este, situación anómala que deberán explicar al ente contralor las dos Direcciones de Obras Municipales : Viña del Mar y Concón. En la Ordenanza del PRC de Concón se mantienen las normas urbanísticas de la zona H5, es decir, la altura de edificación está limitada a los 4 pisos. La inmobiliaria que obtuvo ese permiso de edificación viciado, presuntamente dueña del 66% del predio situado en calle Las Pimpinelas 715, 735 y 765, en donde se localiza la torre de 24 pisos, pretende ahora que la municipalidad de Concón le apruebe a través de una simple enmienda una modificación de las normas urbanísticas para aumentar la densidad habitacional y altura máxima de edificación de la zona H5, asimilándolas a las que tiene la zona H7. Para ese burdo propósito, según diversas autoridades municipales de Concón, la mencionada inmobiliaria habría ingresado al municipio una carta del Condominio Costa del Este, localizado en Las Pimpinelas 765, es decir, en el sector H5, en donde éste apoyaría un proyecto de edificación de la inmobiliaria con las permisivas normas urbanísticas de la zona H7. Pero resulta que la Asamblea de co-propietarios de ese Condominio desconoce haber entregado mandato al Comité de Administración para que haya enviado dicha carta. Para corroborar lo anterior manifestamos que en el punto 7.- del borrador del Acta de la Asamblea Ordinaria de fecha 08/04/07 se acordó "por unanimidad mantener las normas urbanísticas de la zona H5 y le entregaron una instrucción al Comité de Administración para que esto se refleje en la escritura pública del acta". Extrañamente el Concejo Municipal de Concón ha accedido a iniciar los trámites de la referida enmienda porque este procedimiento es "más abreviado que cautela la posibilidad de realizar modificaciones que solamente queden en el ámbito municipal" (sic), tal como lo manifiesta la asesora urbana de la Municipalidad de Concón (ver página 4 del acta ordinaria del Concejo Municipal de fecha 7 de Febrero de 2007). Luego, concluimos que esas autoridades municipales no están en conocimiento que este tipo de cambio urbanístico, que es un verdadero "traje a la medida" del solicitante, es improcedente porque sólo beneficia económicamente al titular inmobiliario del predio situado en la zona H5. En todo caso y si llegara a prosperar la fantasmagórica idea de favorecer a la Inmobiliaria Costa de Montemar S.A. relacionada con el Fondo de Inversión Moneda Asset Management, el municipio de Concón debería hacerlo como lo ordena el marco regulatorio vigente, es decir, aplicando el artículo 2.1.13. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones y el artículo 45º de la Ley correspondiente, lo que significaría que el procedimiento administrativo debe contar con las aprobaciones de todos los organismos públicos competentes, los cuales en su oportunidad tendrán que evaluar si es procedente el cambio que solicita dicha inmobiliaria para su terreno localizado en calle Las Pimpinelas 715 y 735 de la comuna de Concón. POR LO TANTO, Solicitamos una constatación de los hechos irregulares y como ya está prescrita administrativamente (Ley Nº 19.880) la situación del viciado Permiso de Obra Nueva Nº 202, le pedimos ejerza el rol fiscalizador contemplado en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades para que así la pretendida modificación de normas se efectúe conforme a derecho, ya que la enmienda es improcedente. Y en tal sentido es sumamente importante tomar conocimiento de la página 6 del acta del Concejo Municipal del 7 de febrero de 2007, a partir de la línea número 18 hasta la línea 29, en donde la asesora urbana del municipio de Concón expresa cándidamente las motivaciones mercantiles que tiene la inmobiliaria para obtener el cambio urbanístico reseñado. Atentamente, Patricio Herman Pacheco Elda Artega Breding c.c.: - Sra. Patricia Poblete B., Ministra de Vivienda y Urbanismo - Sr. Andrés Silva G. , SEREMI de Vivienda y Urbanismo, V Región - Sr. Óscar Sumonte G., Alcalde de Concón Se adjunta : 1.- Copia Carta enviada al Administrador y Comité de Administración solicitando carta enviada a la I. Municipalidad en apoyo a la Inmobiliaria, 21.03.2007. 2.-Carta Inmobiliaria comunicando Recepción final del Condominio Costa del Este . 11.12.1998 3.- Formulario de SII – "Declaración calculo del avaluó fiscal de la edificación de cada unidad" , 30.nov.1998. 4.-Decreto Supremo Nº 329 del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo del 17.12.1980 "Aprueba Plan Regulador de Viña del Mar" – Titulo III, art. 6º" Zonificación , usos de suelo, condiciones de subdivisión, edificación y urbanización" - zona H5. 5.- Acta Ordinaria de Consejo Nº 05 Miércoles 07 de febrero de 2007 Consejo Municipal – Municipalidad de Concón. 6.- Reglamento de Copropiedad "Condominio Costa del Este", 30.11.1998 7.- Folleto Publicitario "Condominio Costa del Este", 1997. 8.- Dos Mails respuesta Director de Obras de Concón a consulta sobre características zona H5 de 1996 de Viña del Mar y zona H5 de 2007 de Concón, de fecha 16.04.2007 . 9.-Carta Junta de Vecinos Costa Brava enviada al Alcalde de Concón , Consejo Municipal y SEREMI MINVU V Región – Ref.: No a la Enmienda., de fecha 18.04.2007. 10.- Copia Escritura de Compraventa Inmobiliaria Costa de Montenar S.A. a Vivero Lichau, Ana María , de fecha 07.01.1999. 11.- Copia solicitud al DOM de la Municipalidad de Concón , del Permiso de Obra Nueva de 1996 y certificado de recepción del Condominio Costa del este de 1998 -, de fecha 09 de abril de 2007, y a la fecha (20.04.2007) no entregaron los permisos , ni el Certificado de recepción . 12.- Acuerdo tomado por la Asamblea de Copropietarios del Condominio Costa del Este de fecha 08.04.2007. 13.- Datos.




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