Santiago, jueves 11de Enero de 2007 Sra. Noemí Rojas Llanos Sub-Contralora General de la República Nos referimos a sus dictámenes Nº 29192 del 22/06/06 y Nº 32357 del 11/07/06 sobre la vigencia de 6 y 12 meses (Art. 1.4.11. de la O.G.U.C.) de las normas de edificación contenidas en los permisos de anteproyectos, las que deben ser respetadas en los permisos de edificación, situación analizada en 19 casos de la Dirección de Obras de Las Condes. La Contraloría detectó que en un cierto porcentaje de estos casos se incumplió la disposición legal, en nuestra opinión, para favorecer a ciertas inmobiliarias con normas derogadas bastante más permisivas. Debemos tener presente que esta situación se originó con nuestra carta del 07/03/06 dirigida al Alcalde, Concejales y Directora de Obras de Las Condes, para que esta última anulara el permiso de edificación Nº 16 del 20/01/06 otorgado ilegalmente a la Embajada de Rusia en Chile y en donde se le informaba que ella tenía que aplicar el artículo 53º de la Ley Nº 19.880. Esa autoridad revocó el permiso de edificación y la Inmobiliaria Camino San Antonio S.A. presentó un recurso de protección en la Corte de Apelaciones de Santiago, el cual le favoreció porque dicha Directora de Obras "no escuchó previamente a los afectados". La Municipalidad, en lugar de iniciar un nuevo proceso de invalidación, ya que el plazo de 2 años se lo permite, en un acto que hemos calificado de "tongo", apeló a la Corte Suprema, con el latente riesgo de que se confirme el fallo de la 3ª Sala de la Corte de Apelaciones, con lo cual la inmobiliaria vulnerará la norma del Plan Regulador Comunal de Las Condes, perjudicando así a la comunidad . Adjuntamos copia de carta del 07/03/06, fallo de la 3ª Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago y carta del 10/01/07 al Alcalde, Concejales y Director de Obras de Las Condes, para que la Contraloría saque sus propias conclusiones. Atte. ........................................ Patricio Herman Pacheco
11 Enero 2007
Surrealismo en el Chile neoliberal
Dan a conocer a la Contraloría General de la República un "tongo" municipal, para que una inmobiliaria pueda edificar ilegalmente. A continuación lea carta relacionada enviada a Sub-Contralora General de la República.
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