16/12/15
Estimadas señoras
Magdalena Atria, Gabriela Elgueta, Mirella Danilo
Autoridades competentes de la Municipalidad de Santiago
Presente
Constatamos que el municipio, por alguna extraña razón, desatendió los argumentos de fondo que les entregué en la reunión pasada sostenida con la alcaldesa Carolina Tohá, respecto del vicio insubsanable detectado en la tramitación del permiso de edificación Nº 13.972 del 25/01/08 cursado por la Dirección de Obras Municipales a las empresas Nazareno S.A. y Comercial Cañaveral S.A. para levantar 2 torres habitacionales en 3 predios de la calle Morandé, entre Rosas y Santo Domingo.
Ustedes saben, al igual que el infrascripto, que en esa tramitación se vulneraron abiertamente los artículos 1.4.17 y 3.1.3 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), razón por la cual la autoridad sectorial tendrá que responder a la luz del artículo 22º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC).
El tema ambiental que el municipio ha llevado a los tribunales de justicia es absolutamente irrelevante y por ello esperamos que el municipio proceda conforme a derecho para detener a tiempo la demolición del inmueble protegido.
Atentamente,
Patricio Herman