05 Octubre 2006
Comunicado de Prensa

Organizaciones ciudadanas detectan nuevos permisos de edificación ilegales en Las Condes

Situación fue denunciada hoy jueves en la Contraloría General de la República.Agrupación Defendamos la Ciudad 05 de octubre de 2006.

En este nuevo caso se pretendió favorecer, con un permiso otorgado el 20 de Enero de 2006, a la Embajada de Rusia en Chile, la cual ha terminado de demoler la vivienda de 2 pisos situada en la Av. Gertrudis Echeñique 220, esquina Callao, en el sector de El Golf Sur de esa comuna, para que una conocida empresa inmobiliaria construya un lujoso edificio de oficinas de 12 pisos, a pesar de que las normas urbanísticas vigentes desde el 5 de Diciembre de 2003 no lo permiten, debido a que el sitio en donde se emplazaría dicho edificio no tiene la superficie mínima exigida para la construcción en altura, situación conocida por todos aquellos que se desempeñan en la Dirección de Obras Municipales, Alcalde y Concejales. La actual Ordenanza del Plan Regulador Comunal de Las Condes del 05/12/03 permite sólo construir una vivienda unifamiliar en ese terreno de 1.025 m2. El historiador y académico Julio Retamal, representante de los vecinos afectados, muy molesto expresó "le hemos enviado infinidad de cartas al alcalde de la Maza representándole esta bochornosa situación y no hemos recibido ninguna respuesta. Dado que esta municipalidad ha demostrado tener una desmedida vocación inmobiliaria y ante la evidencia de que su Dirección de Obras le ha dado curso al inicio de faenas de este edificio ilegal, estamos seguros que la Contraloría General de la República hará imperar el derecho anulándolo en un breve plazo. Recordemos que la institución fiscalizadora conoce a cabalidad todo lo que ha estado aconteciendo en Las Condes". Patricio Herman de la Agrupación Defendamos la Ciudad, manifestó "está claro que no se está aplicando correctamente la norma referida a la vigencia de los plazos para mantener las condiciones urbanísticas derogadas y en tal sentido nos preocupa sobremanera ese laissez faire que genera perjuiciones a los vecinos y beneficios a los titulares de los proyectos. Es decir, se daña al débil y se le entrega ganancia irregular al poderoso". Finalmente Tomás Fabres, abogado de la organización ciudadana fiscalizadora, dijo "la contumacia de la Dirección de Obras de Las Condes no tiene parangón en la Administración del Estado chileno, instancia en la que la violación de las leyes urbanísticas se ha transformado en una práctica habitual. Insistiremos en el ejercicio de todas las acciones administrativas y legales para que de una vez por todas impere el derecho en la comuna más díscola y rica de Chile." Más adelante se aprecia la denuncia ingresada en la Contraloría Agrupación Defendamos la Ciudad 2330321-09/2585459 Ingreso Nº 71317 del 05/10/06 en Oficina de Partes de la Contraloría Santiago, jueves 5 de Octubre de 2006 Señora Noemí Rojas Llanos Sub-Contralora General de la República Patricio Herman Pacheco, representando a la Agrupación Defendamos la Ciudad, con domicilio en Luz 2889, Depto. 34, Las Condes, Julio Retamal Favereau, historiador y académico universitario y M. Fernanda Eyzaguirre Echenique, decoradora de interiores, los dos con domicilio en Gertrudis Echeñique 234, Las Condes, en representación de todos los vecinos que firmaron la carta del 11 de Agosto de 2006 dirigida al alcalde de Las Condes, se ven en la obligación de solicitarle a Ud. que su órgano de control de la legalidad haga imperar el derecho con respecto al permiso de edificación Nº 015 del 20 de Enero de 2006, mal otorgado en un terreno de 1.025 m2 por la Dirección de Obras de Las Condes a la Embajada de la Federación de Rusia en Chile. En efecto, tal como se aprecia en documentación que adjuntamos, ese acto administrativo consideró las normas urbanísticas del Área E-Aa+cm que correspondían al terreno localizado en Gertrudis Echeñique 220, las que permitían edificar en predios de cualquier tamaño con altura libre, en circunstancias que a partir del 5 de Diciembre de 2003 (con la vigencia de la modificación al Plan Regulador Comunal) ese terreno está ubicado en la zona E-Aa1 que contempla una subdivisión predial mínima de 1.500 m2 en las Tablas B) y C) con alturas máximas de 12 pisos (proyectos de densificación de equipamientos) y 15 pisos (proyectos de densificación de viviendas) respectivamente. En la Tabla A) se establece que la nueva construcción de hasta 3 pisos se puede emplazar en el terreno existente. El permiso objetado es para un edificio de servicios profesionales de 12 pisos con 6.904, 47 m2 a construir y su titular pagó los derechos municipales en base a una calidad de construcción B-3, situación absolutamente irregular, porque la inmobiliaria que lo construye sólo utiliza elementos de óptima calidad para satisfacer su mercado objetivo. Este permiso se basa en el anteproyecto AP Nº 79/2003, por el cual su titular (no sabemos si la representación diplomática o la inmobiliaria) pagó la suma de $ 1.476.897 en fecha 18 de Agosto de 2004, a pesar de que este tipo de pago estaba derogado por la propia municipalidad, de acuerdo a lo detectado por sus funcionarios que investigaron durante un cierto período de tiempo los procedimientos que se empleaban en esa Dirección de Obras. Como un hecho curioso que no logramos comprender, le informamos que esta misma representación diplomática, que ha demostrado tener una desmedida vocación inmobiliaria, obtuvo de esa Dirección de Obras Municipales el permiso de edificación Nº 16 del 20 de Enero de 2006 (misma fecha del permiso que estamos cuestionando en esta presentación) por 2 torres de 31 pisos, con el mismo vicio de la extemporaneidad y que, ante la denuncia del 7 de Marzo de 2006 formulada por el primero de los firmantes, la Dirección de Obras tuvo que anularlo, situación que originó un recurso de protección del privado, el cual en la actualidad se encuentra en la Corte de Apelaciones. En base a sus dictámenes Nº 29192 del 22/06/06 y Nº 32357 del 11/07/06, mediante los cuales se detectaron los artilugios que aplicaba la Dirección de Obras de Las Condes para no enmarcarse en los plazos perentorios señalados en el artículo 1.4.11. de la O.G.U.C. y así mantener las normas urbanísticas derogadas en los permisos de edificación para beneficiar a sus titulares y tomándose en cuenta el texto aclaratorio de la Circular Nº 211 DDU 169, del 27/04/06, le solicitamos deje sin efecto el permiso Nº 15 del 20 de Enero de 2006 por estar otorgado con normas urbanísticas caducas y se inicien los sumarios administrativos correspondientes porque el Director de Obras subrogante se ha negado a aplicar la ley en concordancia con sus 2 dictámenes y ha desobedecido la Circular Nº 211 del Jefe de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Ya que la inmobiliaria contaría con el beneplácito municipal para iniciar las obras ilegales, pues ya está iniciando las excavaciones, le solicitamos urgencia en el análisis de este caso, para evitar un nuevo hecho consumado irregular en el ámbito de la aplicación de la normativa del Plan Regulador Comunal de Las Condes. Se adjunta : Certificado de Informes Previos del 22/04/03 Aprobación de Anteproyecto AP Nº 79/2003 OF. DOM Nº 1664 del 15/09/05 Permiso de Edificación Nº 15 del 20/01/06 Carta del 24/07/06 dirigida al alcalde y concejales de Las Condes Carta del 28/07/06 dirigida al alcalde y concejales de Las Condes Carta de 53 vecinos del 11/08/06 dirigida al alcalde, concejales y DOM (S) de Las Condes Carta del 23/08/06 dirigida al alcalde de Las Condes Carta del 25/08/06 dirigida al alcalde, concejales y DOM Las Condes Carta del 25/08/06 dirigida al alcalde de Las Condes y al Jefe DDU Minvu OF. DOM Nº 2180 del 15/09/06 dirigida a los vecinos cuyos derechos urbanos, protegidos por el PRC, se desean violar impunemente Planos antiguo y actual del Área cuya norma fue modificada de EAa+cm a EAa1




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