Fundación Defendamos la Ciudad en conocimiento del fallo dividido (3 por 2) de fecha 16/12/13 emitido por la 3ª Sala de la Corte Suprema en rol Nº 8358-2013 que revocó la sentencia unánime anterior de la Corte de Apelaciones de Santiago, expresa su más absoluta contrariedad pues una mera instrucción del Seremi de Vivienda y Urbanismo no puede modificar una norma legal establecida en un instrumento local de planificación urbana.
Patricio Herman señaló al respecto : “el artículo 27º del PRC de Vitacura, instrumento aprobado en su oportunidad por el Seremi de Vivienda y Urbanismo, con toma de razón por parte de la Contraloría General de la República y publicado en el Diario Oficial, establece que no se pueden construir edificios que cuenten con más de 15 estacionamientos sobre calles angostas, lo cual es de toda lógica para evitar las saturaciones en los flujos vehiculares. La constructora Fortaleza S.A. presentó en la Dirección de Obras de dicha municipalidad una solicitud para construir un edificio sobre la angosta calle El Retiro que proyecta más de 90 estacionamientos, ante lo cual la Directora de Obras, como era su deber, rechazó esa pretensión. El titular de la empresa recurrió ante el Seremi de Vivienda Urbanismo pidiéndole ayuda para poder hacer su negocio y ese funcionario público, invocando presuntas disposiciones de mayor rango, pero ajenas a la materia de fondo, instruyó a la funcionaria municipal en orden a que otorgara el permiso, lo cual es improcedente porque la función central no puede, con un simple oficio, modificar un Plan Regulador Comunal que resguarda los derechos de sus vecinos. La Corte Suprema, influida por habilidosos dichos de la constructora en los alegatos, validó el mal proceder del mencionado Seremi, revocando el fallo anterior unánime de la Corte de Apelaciones.
Por lo anterior, entregando hoy día a las 12,00 hrs. en la oficina de partes de la Corte Suprema, copia del aludido fallo y copia de la página web del abogado integrante Alfredo Prieto, en donde se aprecia que en sus actividades privadas se desenvuelve en el ámbito inmobiliario, le hemos solicitado a su presidente una entrevista con la intención de darle a conocer los vicios cometidos en la sentencia” FIN.
Contacto 9 258 5459
Texto del fallo judicial y constancia de la actividad inmobiliaria del abogado integrante Alfredo Prieto en http://www.defendamoslaciudad.cl/index.php/documentos/item/3749-vergonzosa-sentencia-de-la-corte-suprema