Santiago lunes 21 de Agosto de 2006 Sr. Carlos Alarcón Director de Obras Municipales (S) Las Condes REF. Permisos de edificación ilegales De nuestra consideración : El miércoles 16 de Agosto pasado recibimos en nuestro domicilio su Of. DOM Nº 1597 en el cual nos informa que se confirmó la aprobación del permiso PE Nº 15/06 del 20/01/06 que corresponde a un edificio a emplazarse en la Av. Gertrudis Echenique Nº 220, ello "en consideración a los términos del Dictamen Nº 32.357 de fecha 11/07/06, de la Contraloría General de la República". También se nos informa que el AP 115/03 correspondiente a 2 edificios en calle Los Militares Nº 6161 al Nº 6247 "no se concretó como permiso de edificación". Estos casos, como otros, ya han sido cuestionados inicial y formalmente por los vecinos y con posterioridad por nuestra agrupación ciudadana fiscalizadora, de tal forma que le expresamos nuestro desacuerdo por la primera decisión y nuestra conformidad por la segunda. Lo anterior en base a los dictámenes Nº 29192 del 22/06/06 y Nº 32357 del 11/07/06 de la Contraloría General de la República, órgano que estableció la improcedencia del criterio inventado por su oficina técnica para considerar, como fecha de aprobación de los anteproyectos, la fecha del pago de unos presuntos derechos municipales, los cuales ya habían sido derogados por decreto sección 1 RA. Nº 3178, de su municipalidad, publicado en el Diario Oficial del 29 de Noviembre de 2003, es decir, días previos a la vigencia (05/12/03) del nuevo Plan Regulador Comunal que limitó la altura máxima de los edificios a 15 pisos y redujo la densidad habitacional. Recordemos que los aludidos dictámenes están en concordancia con el tenor del punto 7.- de la Circular ORD. Nº 211, DDU 169, del 27 de Abril de 2006, referido a la correcta aplicación de los artículos 1.4.9., 1.4.10. y 1.4.11. de la O.G.U.C. Es más, el inciso 2º del artículo 1.4.11. es bastante explícito y vemos con malos ojos que la Municipalidad de Las Condes todavía no lo aplique, hecho incomprensible que dimos a conocer en la sesión ordinaria del miércoles 16 de Agosto pasado en la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Diputados, ocasión en que se trató en general el affaire de los permisos de edificación ilegales y en particular la "equivocada" clasificación que se le ha dado a esos permisos en lo que respecto a los derechos municipales a pagar antes de sus autorizaciones (B-3 en lugar de B-1 y B-2), con lo cual la tesorería municipal ha dejado de percibir unos cuantos millones de dólares en los últimos años. También hemos recibido parcialmente la documentación (no se nos entregó copia de los registros computacionales, con la cual podríamos verificar la fecha efectiva de aprobación de los anteproyectos) concerniente a los casos investigados por la Contraloría General de la República, en donde se nos dice que se confirmó la aprobación de 10 permisos de edificación y que 4 anteproyectos fueron rechazados. En tal sentido, describimos a continuación esos permisos con los datos relevantes. PE 254/2004 del 30/09/04, Inmobiliaria Armas, edificio de 12 pisos en Bergen 250, B-3 PE 269/2004 del 08/10/04, Molina Morel, edificio de 21 pisos en A. de Córdova 5353, B-3 PE 074/2005 del 08/04/05, Armas Bergen, edificio de 14 pisos en Bergen 211, B-3 PE 009/2006 del 16/01/06, Isidora S.A., edificio de 14 pisos en El Golf 80, B-3 PE 245/2005 del 02/12/05, Parque Arauco, 5 edificios de hasta 51 pisos, B-2 y B-3 PE 229/2005 del 14/11/05, Sta. María de Viña, edificio de 16 pisos en Alsacia 151, B-3 PE 038/2006 del 09/03/06, Armas Madrigal, edificio de 14 pisos en Madrigal 1111, B-3 PE 015/2006 del 20/01/06, Embajada Rusa, edificio de 12 pisos en G. Echenique 220, B-3 PE 232/2005 del 18/11/05, Inm. Pte. Riesco, edificio de 20 pisos en Pte. Riesco 4300, B-3 PE 001/2005 del 05/01/05, D y R Rentas, edificio de 6 pisos en R. Lavalle 3310, B-3 (*) (*) en terreno de 653 m2. Predio existente residual de densificación o Predio remanente ? Por razones obvias no nos referimos a los 4 permisos de anteproyectos AP 170/2003, AP 088/2002, AP 250/2003 y AP 209/2003 rechazados por su municipio y estamos conscientes que dos empresas de revisores independientes se repiten en los permisos reseñados. Dado que no todas las "aprobaciones" de los 10 permisos de edificación mencionados se ciñen a la legislación vigente, le solicitamos a Ud., en su calidad de autoridad competente, la revisión respectiva para proceder de acuerdo a derecho, recordándole que el alcalde carece de atribuciones para decidir estas materias. Independientemente de lo anterior, le informamos que en nuestra intervención en la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Diputados del miércoles de la semana pasada, nos impusimos de la existencia de los siguientes permisos de edificación con normas urbanísticas derogadas. Ellos son : PE 184/2005 del 26/09/05, Corpbanca, edificio de 33 pisos en Kennedy 5947, B-3 PE 185/2005 del 26/09/05, Corpbanca, edificio de 33 pisos en Manquehue Norte 966, B-3 PE 186/2005 del 26/09/05, Corpbanca, edificio de 33 pisos en Manquehue Norte 958, B-3 PE 187/2005 del 26/09/05, Corpbanca, edificio de 33 pisos en Manquehue Norte 952, B-3 A la luz de esta nueva documentación, está claro que la Contraloría General de la República no analizó todos los permisos de edificación con normas derogadas, lo que significa que estamos ante una situación que reviste características de escándalo y que se tendrá que resolver a la brevedad para evitar hechos ilegales consumados, habituales dentro del ámbito de la aplicación de la ley de Vivienda y Urbanismo. Lo tratado en esta carta lo analizaremos con la ministra del ramo Patricia Poblete, en reunión que sostendremos con ella hoy día lunes 21 de Agosto a las 10 horas y para que la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Diputados conozca el desarrollo de los hechos posteriores a la sesión ordinaria ya aludida, le entregamos copia de esta carta a su presidente. Por las peligrosas connotaciones que tiene este asunto y para que no queden situaciones irregulares pendientes, teniéndose en cuenta lo que señala el artículo 53º de la Ley Nº 19.880, lo instamos a que proceda en consecuencia a la brevedad posible, para que todos los permisos de edificación otorgados después del 5 de Diciembre de 2003 se enmarquen en el Plan Regulador Comunal con la aplicación estricta del inciso 2º del artículo 1.4.11. de la O.G.U.C. Nuestra posición, para evitar demoliciones de edificios ya construidos con alturas ilegales, es que se estudien compensaciones económicas, por parte de los titulares de esas obras, a beneficio de las comunas pobres de la región metropolitana, para materializar áreas verdes en parques peladeros por falta de recursos, a sabiendas que el concejal Hugo Unda propone otro tipo de compensación a beneficio social en la comuna. Lo que sí está claro es que no es posible nuevas y masivas ilegalidades que generan sólo beneficios privados, porque aceptar esa inicua posibilidad sería desconocer la existencia de un Estado de Derecho con todas las nefastas secuelas que ello significaría. Atentamente, Patricio Herman Agrupación "Defendamos la Ciudad" cc señora Noemí Rojas, Contralora (I) General de la República cc señora Patricia Poblete, Ministra de Vivienda y Urbanismo cc señor Jorge Insunza, Presidente Comisión Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Diputados