02 Agosto 2006
Defendamos la Ciudad:

Presentación a Contraloría General de la República

Insisten ante la Contraloría General de la República por el secretismo en Las Condes y porque la respectiva municipalidad no ha adoptado todavía las decisiones orientadas a que los 19 permisos de edificación ilegales se enmarquen en la altura de 15 pisos y máxima de 19 pisos, si califican como "conjuntos armónicos". 2 de agosto de 2006.

Ingreso Nº 65742 Santiago, miércoles 2 de Agosto de 2006 Señora Noemí Rojas Llanos Contralora General de la República Patricio Herman Pacheco, representando a la Agrupación "Defendamos la Ciudad", con domicilio en Luz 2889, Depto. 34, Las Condes, se refiere a su dictamen Nº 32357 del 11 de Julio de 2006 que se nutre de las indagaciones y examen que constan en el oficio Nº 29.192 del 22 de Junio de 2006, con respecto a los 19 permisos de edificación otorgados irregularmente por la Dirección de Obras de la Municipalidad de Las Condes y a nuestra presentación Nº 44272 del 17 de Julio de 2006. La Contraloría General de la República estableció fehacientemente que esos permisos de edificación, que mantuvieron las normas urbanísticas derogadas el 5 de Diciembre de 2003, vulneraron los plazos establecidos en el artículo 1.4.11. de la OGUC, 180 días y un año, según tengan menos o más de 10.000 de m2 construidos, respectivamente. Su servicio de control legal detectó que el plazo de vigencia de los anteproyectos que ese municipio contaba a partir desde que los interesados pagaban unos presuntos derechos era jurídicamente inaceptable y por ello se estableció, sin lugar a dudas, que las "solicitudes de permisos de edificación que se presenten en relación con anteproyectos que han perdido su vigencia, a la autoridad municipal no le cabe sino rechazarlas por extemporáneas". Con respecto a la teoría de la buena fe, expresada por la Contraloría, por cuanto la invalidación ocasionaría consecuencias más perniciosas que las que produciría la convalidación de tales actos administrativos ilegales, aunque la respetamos, como conocedores del desarrollado de los hechos, no la compartimos. Validar permisos viciados también ocasiona consecuencias negativas a la ciudad y se perjudica a los vecinos, quienes están resguardados por las normas de los planos reguladores que aprueban sus autoridades municipales. Podríamos decir que los vecinos tienen derechos urbanos adquiridos y ningún violador puede pasarlos a llevar. Nuestra Agrupación ciudadana ha expresado recurrentemente que no acepta la doctrina de los hechos consumados porque así nos dirigimos inexorablemente a la descomposición social y a la propia negación del Estado de Derecho. Con el sumo respeto que nos merece su persona y su institución, le manifestamos que no le corresponde al alcalde determinar la validez o invalidez de un acto administrativo ilegal, a propósito de lo señalado en el último párrafo de la página 3 del dictamen Nº 32357, ya que esa determinación la debe tomar el director de obras respectivo, teniéndose en cuenta que todos los titulares de los proyectos objetados sabían que el 5 de Diciembre de 2003 se hicieron más restrictivas las normas de edificación en esa comuna. A pesar de ello, nosotros sostenemos que la municipalidad, a través del funcionario competente, no puede subsanar los vicios de los permisos irregulares porque no estamos ante afectación de intereses de terceros, ya que las correspondientes obras en ejecución están en una fase primaria (inciso tercero de la Ley Nº 19.880) y perfectamente esos proyectos se deben ceñir a las normas vigentes. Asimismo le informamos que ese municipio continúa negando la información pública de los 19 permisos ilegales y por ello le damos a conocer nuevas cartas del 10 de Julio de 2006, 25 de Julio de 2006 y 28 de Julio de 2006 en donde, entre otras cosas, nos referimos a los permisos Nº 150 del 09/08/05, Nº 122 del 24/06/05, Nº 47 del 16/03/05 y Nº 015 del 20/01/06, otorgados con normas urbanísticas derogadas. Dado que la documentación de estos permisos ilegales están en poder de la Contraloría, le agradeceremos dictamine sobre cada uno de ellos para que los mismos se enmarquen en la planificación urbana vigente, en el entendido de que los 3 primeros se encuentran en proceso de inicio de obras y el último en proceso de demolición de vivienda unifamiliar. .................................. Se adjuntan cartas del 10, 24 y 28 de Julio de 2006.




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