06 Agosto 2012
Con ocasión del polémico mall

Municipalidad de Castro vulneró la Ley Ambiental al no someter al SEIA su modificación al PRC

A continuación vea carta relacionada enviada a Ramiro Mendoza Contralor General de la República.

Santiago, martes 7 de agosto de 2012

Sr. Ramiro Mendoza
Contralor General de la República
Presente

REF. Nuestro ingreso Nº 205765 del 02/08/12 sobre el ilegal mall de Castro.

A través de este medio dejamos sin efecto el planteamiento hecho en ese ingreso, al que adjunté el correo-e del 01/08/12, enviado a autoridades locales y regionales, ya que cometí un error al interpretar la letra g) del artículo 3º del Reglamento de la Ley Ambiental. Este artículo se refiere exclusivamente a los proyectos de desarrollo urbano o turístico localizados fuera de los límites de los planes reguladores.

Ahora bien, teniéndose en cuenta que la nueva ley Nº 20.417 Ambiental, publicada en enero de 2010, la que todavía no tiene su Reglamento, dice lo siguiente respecto de las letras g) y h) del artículo 10.-.

Reemplázase, en la letra g), la frase "a que alude la letra siguiente" por "evaluados según lo dispuesto en el Párrafo 1 Bis"

Elimínase, en su letra h), la frase "Planes regionales de desarrollo urbano, planes intercomunales, planes reguladores comunales, planes seccionales" , iniciando con mayúscula la palabra "proyecto" que le sigue a continuación, y elimínase, asimismo, la expresión "que los modifiquen o".

Ante esta situación, le manifestamos que el PRC de Castro fue modificado, con lo cual la Zona C1, en donde se sitúa el mall, que admitía sólo equipamientos básicos y menores, ahora después del cambio reglamentario, se permite el emplazamiento de equipamientos medianos, categoría que tiene este mall que, como todos sabemos, es un proyecto inmobiliario que rompe la escala y estilo del sector patrimonial de Castro.

Hemos señalado lo anterior porque en la fecha del cambio normativo del PRC correspondiente, en la letra h) de la Ley Nº 19.300 se ordenaba que los proyectos industriales o inmobiliarios que modifiquen los planes reguladores comunales debían ingresar al SEIA, lo que no aconteció con la modificación hecha en el PRC de Castro.


Atentamente,


Patricio Herman
Presidente




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