02 Enero 2012

Dunas de Concón : formulan preguntas al titular del ISP, ex INP

Se esclarecerán parcialmente los hechos con la respuesta a esta consulta. Sólo falta revisar en el CBR de Viña del Mar qué persona jurídica transfirió el dominio de las dunas a su actual propietario. A continuación lea carta relacionada enviada al Director Nacional de IPS.

Santiago, lunes 2 de enero de 2012

Señor Fernando Betteley
Director Nacional del IPS
Instituto de Previsión Social
Presente

REF. Hipotecas de Reconsa S.A. por campo dunar de Concón.

A través de este medio le solicitamos una entrevista para formularle algunas consultas respecto al contenido del ORD. Nº 3710-927 del 07/03/05, suscrito por el entonces Director Nacional del INP, documento que adjuntamos a la presente. Dicho ORD. responde nuestra nota del 14/02/05 respecto del Decreto Supremo Nº 481 del 05/08/93 y Decreto Supremo Nº 106 del 09/03/94, ambos del Ministerio de Educación referidos al campo dunar de Concón.

En el evento de que su agenda no le permita recibirnos en un período prudente de tiempo, hacemos valer la Ley Nº 20.285 de Transparencia, para que nos responda en el plazo plazo legal de 20 días hábiles, las preguntas contenidas en carta del 09/03/05 dirigida al titular del INP, ya que esa ex autoridad nunca nos respondió.

Aparte de lo anterior, también quisiéramos saber si esa deuda fue pagada y en qué fecha, indicándonos el monto o, si por el contrario, todavía está pendiente señalándonos la suma morosa. Asimismo, necesitamos conocer el (los) número (s) del rol (es) del SII del (de los) predio (s) y su (s) superficie (s) dejado (s) en garantía (s) cuyo propietario sería la empresa Reconsa S.A.

Por informaciones de prensa hemos tomado conocimiento que esta empresa tendría a su favor un fallo judicial que la habría liberado de cumplir con su obligación de pago a su servicio público, asunto que también nos debe aclarar porque la ciudadanía a esta fecha desconoce el desenlace de la constitución de las garantías de tales deudas.

Con el propósito de conocer completamente la situación por la cual se redujo la superficie del Santuario de la Naturaleza de ese campo dunar, es indispensable que nos informe cuál fue exactamente el motivo de las hipotecas.

Lo anterior, por cuanto, de acuerdo a declaraciones públicas de la ministra de Medio Ambiente, existe el interés por parte del gobierno de expropiar al privado poseedor de los sectores A1 y A2 del plano del Campo Dunar de la Punta de Concón estos territorios para retrotraer la situación a la fecha anterior del polémico Decreto Supremo Nº 106 del 09/03/94.


Atentamente,


Patricio Herman
Presidente

Jorge Cisternas
Coordinador de Participación Ciudadana

Se adjunta :

copia de los 2 Decretos Supremos
copia de nuestras cartas del 14/02/05 y del 09/03/05
copia del ORD. Nº 3710-927 del 07/03/05 del titular del INP.





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