Santiago, martes 11 de octubre de 2011
Sra. Marisol Rojas
Seremi de Vivienda y Urbanismo
Presente
REF. Solicitamos su intervención, conforme al artículo. 4º de la LGUC, para que se cumpla la normativa en caso que damos a conocer a continuación.
La comunidad del edificio situado en la calle Carmen 77, comuna de Santiago, nos ha pedido asistencia con ocasión de la construcción, en predio colindante al sur, de 2 torres habitacionales de 24 pisos cada una, con 777 viviendas, sobre la estrecha calle Sara del Campo, la que actualmente, por su perfil, no alcanza a calificar como vía local. Este proyecto no cuenta con un EISTU, a pesar de lo establecido en el artículo 2.4.3. de la OGUC y sobre esta ausencia, recuerde lo que le dijimos en la ocasión en que nos reunimos con el ministro Rodrigo Pérez Mackenna.
Se iniciaron las faenas en abril pasado con la resolución Nº 479 del 20/10/10 de aprobación de modificación de proyecto de edificación Nº 14.312 del 21/04/09, otorgados ambos actos administrativos por el Director de Obras de Santiago a la empresa Inmobiliaria Paz 100 Ltda. En la fecha de la resolución Nº 479 estaba vigente en esa zona el congelamiento previsto en el artículo 117º de la LGUC.
Al respecto, el Comité de Administración del edificio Carmen 77, ya se dirigió al señor Pablo Zalaquett, alcalde de Santiago, mediante descriptivas cartas del 03/10/11 y 05/10/11, reuniéndose con él y con sus asesores en distintas ocasiones y en una de ellas participó el diputado del distrito señor Felipe Harboe.
En todo caso, nos llama la atención que en el mismo formulario de la modificación del proyecto se hable, por un lado, de 777 viviendas, 1 local comercial y 220 estacionamientos, y por otro lado, de 841 viviendas, 3 locales comerciales y 219 estacionamientos (sic). En concordancia con el déficit de aparcamientos en esta comuna le solicitamos revise el dictamen Nº 58261 del 21/12/07 de la Contraloría General de la República, en donde, entre otras cosas, asevera que hasta “los condominios de viviendas sociales deberán contar al menos con un estacionamiento por cada dos unidades”.
Nuestra fundación, a través de la presente, se hace parte de la denuncia formulada por la comunidad del edificio Carmen 77, compartiendo sus macizas objeciones planteadas en esas 2 cartas y en conocimiento que el alcalde de Santiago le envió a Ud. el viernes pasado la documentación respectiva para que adopte una decisión, suponemos que conforme al artículo 157º de la LGUC, le expresamos nuestra aspiración, en orden a que se invalide la resolución Nº 479 del 20/10/10 descuidadamente cursada y por ende el permiso modificado por la anterior, ya que aún no transcurren los 2 años desde la fecha de la emisión del acto cuestionado.
En rigor, quien debe asumir su responsabilidad en la invalidación del permiso mal otorgado, acorde al artículo 53º de la Ley Nº 19.880, del Procedimiento Administrativo, es el titular de la Dirección de Obras de Santiago, pero si éste argumenta que su proceder no merece reproches, usted tendrá que resolver el intríngulis con aquél. Tan pronto se resuelva dejar sin efecto el acto administrativo que lesiona el interés público, entendemos que el titular del proyecto puede presentar una solicitud de permiso, enmarcándose ahora en la nueva normativa del Plan Regulador Comunal de Santiago y este es el único escenario que garantiza el resguardo de los derechos urbanos de los vecinos y el cumplimiento de la ley.
En todo caso, le solicitamos a nombre del Comité de Administración del edificio de Carmen 77 y de la fundación que presido, tenga la amabilidad de recibirnos en su despacho, con la idea de intercambiar opiniones dentro del ámbito de la industria inmobiliaria en nuestro país, ya que, como están las cosas, es imperioso que los municipios y su propio ministerio decidan la adopción de medidas preventivas con el propósito de evitar las malas prácticas que recurrentemente se observan en este sector.
Para que conozca bien la situación que se ha producido en la comuna de Santiago, respecto de la perversa y altísima densificación, le sugerimos que lea el ORD. Nº 1059 del 09/06/06, dirigido por el ex alcalde Raúl Alcaíno a la ministra Patricia Poblete. De su lectura usted compartirá plenamente nuestra inquietud y que, por lo tanto, es urgente cambiar los malos hábitos en la materia.
Tenemos la certeza de su correcto proceder en este caso puntual y dejamos en claro, una vez más, que todos debemos esforzarnos para que, con igualdad de oportunidades, transparencia y apego a las reglas del juego, opere bien el sistema económico de libre mercado.
Atte,
Patricio Herman
Presidente
Se adjunta :
Dos cartas mencionadas y resolución Nº 479 del 20/10/10 del DOM Santiago
cc señor Pablo Zalaquett, alcalde de Santiago
cc señores Comité de Administración edificio Carmen 77, Santiago
cc señor Felipe Harboe, diputado del distrito
11 Octubre 2011
Defendamos al Ciudad y comunidad de edificio Carmen 77, se reunieron con alcalde Zalaquett y todos sus funcionarios ligados a los permisos de edificación
A continuación lea carta relacionada entregada a la Seremi de Vivienda, al alcalde Zalaquett y al diputado Harboe.
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