22 Enero 2011

Tribunal Constitucional rechaza ley referida al cierre de calles

Se equivocaron los parlamentarios. Dan a conocer fallo del Tribunal Constitucional, mediante el cual se le devuelve al Congreso Nacional la ley referida al cierre de las calles, pasajes y vías locales.

Fundación Defendamos la Ciudad dio a conocer hoy día a las 11,00 hrs. el fallo emitido el 20 de enero de 2011 por el Tribunal Constitucional que rechazó esta ley aprobada el año pasado por la Cámara de Diputados y por el Senado. Ambas instancias legislativas querían darle atribuciones a los municipios para que autorizaran, por un plazo de 5 años renovables, el cierre o medidas de control de acceso a las calles, pasajes y vías locales, o a conjuntos habitacionales urbanos o rurales con una misma vía de acceso y salida con el objeto de garantizar la seguridad de los vecinos, estableciéndose que, para su puesta en marcha, las municipalidades debían dictar ordenanzas en las cuales, entre otras cosas, se debían fijar medidas para garantizar la circulación de los residentes, de las personas autorizadas por ellos mismos (sic) y de los vehículos de emergencia. Patricio Herman de Defendamos la Ciudad señaló : “el Tribunal Constitucional, como era de suponer, no pudo visar esta legislación por las características que tienen las vías locales y por ello devolvió la ley a su remitente. Debemos recordar que en el ordenamiento legal de Vivienda y Urbanismo las calles o vías, por sus particularidades, están tipificadas como expresas, troncales, colectoras, de servicio y locales. Los pasajes son aquellas vías que miden, entre líneas oficiales, menos de 11 metros. El Tribunal Constitucional acertadamente no aceptó que las vías locales se puedan cerrar, señalando que estas medidas de control sólo se pueden realizar en calles que tengan una única vía de acceso y salida y no respecto de calles que comunican con otras vías. Por ejemplo, un pasaje ciego sí se puede cerrar. Luego, esta la ley, tal como se aprobó en Valparaíso, es inconstitucional y los legisladores tendrán que decidir el camino a seguir porque la Contraloría General de la República ha estado emitiendo muchos dictámenes coherentes con el criterio sustentado por los ministros del Tribunal Constitucional. Esta sentencia definitiva se le informó por escrito el jueves 20 de enero pasado al presidente de la República, al presidente del Senado, a la presidenta de la Cámara de Diputados y al Contralor General de la República”. Antonio Castell, vecino de Peñalolén, expresó : “al final, y como era esperado por los ciudadanos que nos hemos opuesto a estos cierres ilegales, prevaleció el mandato constitucional que garantiza la libre circulación. El fallo aclaró que las municipalidades no están llamadas para garantizar la seguridad de los vecinos, ya que esta función es del presidente de la República y de las Fuerzas del Orden y Seguridad y Pública”. FIN En el período de la discusión parlamentaria se publicaron en La Nación las columnas “Ciudades enrejadas” (17/08/10) e “Histérica privatización de las ciudades” (04/11/10) en donde se objetaba esta ley. Herman 09/2585459 Castell 2790250



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