Sr. Carlos Alarcón Director de Obras de Las Condes Presente REF : Torre multipropósito de 31 pisos denominado "Territoria 3.000", acogido a figura de Conjunto Armónico, carece de antejardín Previo a la cuestión que planteamos más adelante, recordemos que la solicitud de anteproyecto es del 12/11/03, su aprobación es del 26/02/04, su solicitud de permiso de edificación del 05/11/04 y la autorización de permiso de edificación Nº 122 es de fecha 24/06/05, cronología de actos que indican ilegalidades cometidas por la funcionaria que ejercía su función pública. En efecto, su antecesora destituía del cargo, avaló la construcción con normas urbanísticas derogadas el 05/12/03, fecha de la publicación en el Diario Oficial del nuevo Plan Regulador Comunal de Las Condes que fija para ese sector una altura máxima de 15 pisos. Lo anterior, por cuanto no se respetaron en la tramitación administrativa los plazos fijos máximos contemplados en los artículos 1.4.9 - 1.4.10 y 1.4.11. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, situación que en esta ocasión pasamos por alto dado que el listado de permisos mal otorgados, uno de los cuales es éste, que el alcalde nos debe entregar por resolución del Consejo para la Transparencia, a pesar de que aún no llega a nuestras manos, tenemos la seguridad de que finalmente operará la diafanidad en la gestión pública en su municipio. Ahora bien, este edificio construido con frente a Isidora Goyenechea, entre Carmencita y Augusto Leguía Norte, área E-Aa+cm, según la Ordenanza del Plan Regulador Comunal de Las Condes, debe tener un antejardín mínimo de 7 metros, el cual no existe, situación que se repite en otros casos en esta comuna y posiblemente en otras. A raíz del lamentable accidente que sufrieron 2 peatones que cayeron a una excavación ejecutada bajo la superficie del área asignada a antejardín, le consultamos en base a qué norma reglamentaria su Dirección de Obras consintió en permitir que el espacio privado, entre la línea oficial y la línea de edificación, de ese proyecto, se haya hundido en una profundidad de 8 metros. Usted comprenderá que si se hubiera respetado la norma urbanística del antejardín, a nivel natural del terreno, el hecho luctuoso se habría evitado. En todo caso le informamos que en nuestras reuniones periódicas con la Seremi de Vivienda y Urbanismo y con la División de Desarrollo Urbano del Minvu, hemos planteado informalmente esta materia, pero a pesar de ello necesitamos conocer su respuesta por escrito con el propósito de evitar nuevos accidentes y llegar a un punto de acuerdo respecto de cual será el proceder de su Dirección de Obras sobre la existencia de los antejardines. Atentamente, Patricio Herman por la Fundación