06 Noviembre 2009

Corpbanca en Las Condes

Se deben aclarar las condiciones que permitieron un megaproyecto inmobiliario de Corpbanca en Las Condes. Lea carta enviada a Carlos Alarcón, Director (S) de Obras Municipalidad de Las Condes

Santiago, viernes 6 de noviembre de 2009 Señor Carlos Alarcón Director (S) de Obras Municipalidad de Las Condes Presente Por imposición de la Contraloría General de la República, ante nuestra objeción, su Dirección de Obras, mediante Resolución Sección 6ª Nº 52 del 07/02/07, refundió en un sólo permiso de edificación los P/E Nº, s 183/05, 184/05, 185/05, 186/05 y 187/05, todos del 26/09/05, otorgados en distintos predios colindantes a Corpbanca S.A. para que construyera sendos edificios de 33 pisos c/u. En el permiso Nº 183/05 se incorporaron los 4 anteriores, todos los cuales en la fecha de sus aprobaciones no contaban con el Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano (EISTU), ni habían ingresado al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) y su titular había pagado derechos municipales correspondientes a la sigla B-3 por la calidad de la construcción. Dado que ya se han iniciado las obras y en la Resolución mencionada se expresa que la modificación en comento "no genera nuevos cobros de derechos como tampoco devoluciones de estos, por cuanto cada uno de los derechos correspondientes fueron pagados en los respectivos permisos que en este acto se dejan sin efecto y pasan a formar parte del permiso P/E Nº 183/05" (sic), informamos que al procederse así se ha cometido un error porque evidentemente no corresponde cobrar derechos por una calidad de construcción inferior a la que tienen esas torres, razón por la cual lo instamos a que se le cobren a Corpbanca los derechos correspondientes a la sigla B-2. También le solicitamos nos informe, en un plazo de 5 días hábiles, en qué fecha su Dirección de Obras le exigió al titular del proyecto que debía contar con un EISTU aprobado, como condición para iniciar las faenas, y la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) favorable emitida por la Corema R.M. para que se pudiera otorgar el nuevo permiso consistente en 900 departamentos DFL2, con una superficie edificada total de 160.301,60 m2. En esta oportunidad no nos referiremos a la ilegalidad de los 5 permisos de edificación mencionados en el primer párrafo, porque sabemos que, tanto el Ministerio de Vivienda y Urbanismo como la Contraloría General de la República, sustentan una curiosa y permisiva teoría sobre la vigencia de los anteproyectos aprobados, con la cual se sobrepasa el mandato establecido en el artículo 1.4.11. de la OGUC y con su aplicación se consideran "legales" tales permisos. Atte, Patricio Herman por la Fundación



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