Santiago, lunes 28 de Septiembre de 2009 Señor Carlos Estévez Seremi de Vivienda y Urbanismo Presente REF. Violación de Zona Típica Dalmacia, comuna de Providencia, con permiso de edificación viciado Nº 40/08 del 13/11/08 El alcalde de Providencia, Cristián Labbé, nos respondió en plazo legal de tiempo, vía Oficio Nº 6.771 del 23/09/09, nuestra solicitud del 31/08/09 referida a conocer la declaración jurada del representante de la Inmobiliaria Socoín Ltda. en orden a que esa empresa era dueña, en la fecha de la solicitud del permiso de edificación, de todos los sitios fusionados en donde se emplaza su edificio en construcción. Dicho edil nos entrega, a modo de contestación, copia del Memorándum Nº 19874 del 09/09/09 dirigido por el Director de Obras a la Secretaria Abogada Municipal, acompañando la "Solicitud de Permiso de Edficación" Nº 1963 del 30/10/08, en donde se observa la firma de la persona natural que representa a esa empresa, quien jura que su representada a esa fecha es propietaria del inmueble localizado en la calle Miguel Claro 1750. También se nos remitió una hoja sin membrete y sin fecha, firmada por un arquitecto, indicando las direcciones de 8 propiedades con sus roles del SII. (sic) Es decir, el alcalde Labbé confirma en los hechos que el Director de Obras otorgó ese permiso de edificación contraviniendo los procedimientos establecidos en la OGUC y por ello, ingeniosamente a ese permiso se le ha denominado express. Recordemos que la declaratoria de la Zona Típica se publicó en el Diario Oficial el 23/08/08 y el anteproyecto aprobado, por imperio del artículo 1.4.11 de la OGUC, estaba vencido. En nuestra carta del 31/08/09, impetrando la Ley Nº 20.285 de Transparencia, dirigida al Director de Obras, con copia al Contralor General de la República, a usted mismo, al Secretario Ejecutivo del Consejo de Monumentos Nacionales, al Alcalde de Providencia, a la Ministra de Vivienda y Urbanismo y a la Ministra de Educación, que motivó la respuesta aludida, le pedíamos a su destinatario que invalidara ese acto administrativo aplicándose el artículo 53º de la Ley Nº 19.880 y le sugeríamos que podría otorgar a esa inmobiliaria un nuevo permiso, contemplándose viviendas unifamiliares de uno y dos pisos, semejantes a las demolidas, para así respetar la Zona Típica. Sobre estos 2 puntos, el Alcalde Labbé nos confirmó que los sometió al trámite de la Ley Nº 19.880, con ingreso Nº 10.906 del 23/09/09 al Sistema Documental Computacional de la Municipalidad, a fin de darle el curso que corresponde. Atentamente, ............................ Patricio Herman por la Fundación cc Vecinos de la Zona Típica Dalmacia, comuna de Providencia Se adjunta la respuesta del alcalde Labbé.