Santiago lunes 18 de mayo de 2009 Señor Pablo Zalaquett Alcalde Municipalidad de Santiago Presente Hemos tomado conocimiento que su municipio, en forma reservada, está haciendo los estudios técnicos necesarios para que próximamente se ejecute un estacionamiento en el sub-suelo de la calle Portugal, el que se le pretendería asignar gratuitamente a una influyente institución privada que se desenvuelve en el ámbito de la enseñanza de nivel superior, bajo la figura de una concesión a 30 años, renovable. También sabemos que, en base al artículo 45º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), su municipio desea prolongar la calle Marcoleta hacia el oriente, interviniendo el Parque San Francisco de Borja, área verde consolidada, que entrega importantes servicios ambientales y sociales a la comunidad de la llamada Remodelación San Borja regida por un antiguo Plan Seccional. Dado que este parque está listado en el artículo 5.2.3.1. del Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS), le informamos que de acuerdo al artículo 65º del Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) y según el artículo 5.2.1.1. del PRMS no será posible seccionar esa área verde para propósitos viales que buscarían modificar las circulaciones vehiculares en el sector. En todo caso debemos tener presente que tanto el PPDA como el PRMS, son instrumentos normativos y no indicativos, como algunos agentes públicos y actores privados lo sostienen equivocadamente. Por lo anterior y en base a la Ley Nº 20.285, que garantiza a los ciudadanos tener libre acceso de la información pública, le agradecermos nos indique, respondiendo tan pronto sea posible y por escrito la presente, el camino a seguir para conocer en detalle este proyecto que, lamentablemente se inició mal invocando el artículo 45º de la LGUC. Dado que su contestación será muy simple, ya que no implica entregarnos copias de documentos mediante carta certificada, sino simplemente indicarnos con quien debiéramos tratar la materia en su municipio, entendemos que en este caso no rige el período máximo de 20 días hábiles, contemplado en la referida Ley que promueve la transparencia en la gestión de los órganos del Estado. Es bueno que usted sepa que en administraciones edilicias pasadas se han vulnerado los usos de suelo de varios espacios públicos regidos por el Plan Seccional Remodelación San Borja, siendo el último de ellos una reducida área verde localizada en la esquina sur-oriente de las calles Carabineros de Chile con Dr. Ramón Corbalán Melgarejo, terreno que le fue vendido irregularmente y a vil precio por el Serviu Metropolitano a una inmobiliaria para que construyera allí una torre habitacional. No nos vamos a referir en esta ocasión a las innumerables otras pérdidas de espacios públicos acaecidos bajo el gobierno militar porque ellas las consideramos hechos irregulares consumados. Por ahora, nuestra preocupación se focaliza en el proyecto de estacionamiento en el subsuelo de un bien nacional de uso público, futura obra que no se comunica en la página web de su municipio, con lo cual inadvertidamente se está vulnerando la sana práctica de la transparencia activa. Atentamente, ............................ Patricio Herman Presidente de la Fundación