Patricio Herman de Defendamos la Ciudad señaló "en la Avenida Príncipe de Gales 8730 de La Reina se inició la construcción de un edificio, en circunstancias que las normas urbanísticas contempladas, para esa zona, en el Plan Regulador Comunal de La Reina establecen una altura máxima de 2 pisos más mansarda, habida consideración que el sector es de densidad baja orientado a viviendas unifamiliares : la altura máxima son 9 metros. El titular del proyecto quiso sacar ventajas a través de una interpretación amplia y antojadiza del artículo 6.1.8. de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) y es así como construye un edificio con una altura no permitida, lo que es sabido por todos los agentes sectoriales públicos y privados, ya que la propia División de Desarrollo Urbano del Minvu, en el año 2001, había declarado que, aplicándose ese artículo 6.1.8. de la OGUC, incorporado días antes en ese instrumento normativo, se podían alterar algunos parámetros locales de edificación, pero en ningún caso las alturas establecidas en las regulaciones comunales. Así las cosas y ante el burdo desarrollo de los hechos irergulares, esperamos que mañana viernes la Corte de Apelaciones de Santiago admita a tramitación el recurso de protección de los vecinos y en los primeros días de la próxima semana declare una orden de no innovar para restituir el Estado de Derecho violentado por algunos traviesos funcionarios de la Administración. (FIN) 2330321-09/2585459
recurso de protección de vecinos de la Reina por edificio colindante a sus viviendas
Fundación Defendamos la Ciudad, conocedora de los hechos irregulares, cometidos ya sea por la Directora de Obras (S) de La Reina, como por el Jefe de la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, adhiere al recurso de protección presentado por los vecinos ayer miércoles en la Corte de Apelaciones de Santiago. El acto ilegal y arbitrario es el permiso de edificación otorgado el 16 de Diciembre pasado por la Directora de Obras de esa municipalidad, avalado por una instrucción de un funcionario incompetente del Minvu. Los Directores de Obras dependen técnicamente de los Seremis de Vivienda y Urbanismo y están obligados a actuar con apego irrestricto a la ley.