La Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de protección presentado por una empresa inmobiliaria, que objetaba una resolución administrativa que declaró viciado el permiso otorgado para la construcción de un edificio en Las Condes. El dictamen afectó a la Sociedad Inmobiliaria Loft Carmencita Limitada, que había recurrido contra un dictamen de la Secretaría Regional Ministerial (seremi) de Vivienda y Urbanismo, encabezada por Verónica Serrano, a solicitud de la Agrupación Defendamos la Ciudad. La seremi declaró viciado el permiso de edificación Nº 344 que la municipalidad de Las Condes le entregó a la inmobiliaria el 21 de diciembre 2004, por estimar que dicha medida se encontraba ajena a las normas del Plan Regulador Comunal. Lo inédito de la medida es que el edificio ya se encuentra en construcción, argumento que no fue suficiente para que el tribunal estimara que la decisión de la seremi se encuentra ajustada en la legalidad vigente. El fallo establece que “si bien un permiso de edificación puede representar derechos adquiridos por parte del solicitante, no es menos cierto que para que ello ocurra es menester que sea concedido conforme a derecho, de suerte que no implica necesariamente que tales derechos hayan sido bien adquiridos o que se encuentren acordes a la normativa vigente, tan sólo por el hecho de haberse otorgado”. En ese sentido, puntualiza que “nada permite sostener en autos que lo obrado no se encuentre basado en una realidad indiscutida” y que “a falta de ilegalidad y de arbitrariedad no es posible que prospere” la protección. La seremi “no ha incurrido en la comisión de acto ilegal o arbitrario, como le atribuye el recurrente, cabe concluir que no concurren los presupuestos, requisitos ni condiciones que para la procedencia del recurso de protección establece la Carta Fundamental, por lo que esta acción cautelar deberá ser rechazada”, puntualiza. Acogen a trámite nulidad de derecho público Por otra parte, la Agrupación Defendamos la Ciudad presentó una demanda de nulidad de derecho público, a fin de demolerlo y para que se indemnice a los vecinos afectados. La acción judicial fue acogido a trámite por el 24º Juzgado Civil de Santiago, y está dirigida en contra de la inmobiliaria, de la Municipalidad de Las Condes y de las directoras de Obras de Las Condes, titular y suplente, María Eugenia Vial y Rosa González, respectivamente. El director de Defendamos la Ciudad, Patricio Herman, expresó que "en el juicio ante el 24º Juzgado Civil de Santiago, la inmobiliaria, en lugar de contestar la demanda derechamente, ha opuesto excepciones dilatorias y los otros demandados (Municipalidad de Las Condes y Directoras de Obras, titular y suplente), no contestaron la demanda dentro de plazo”. “Esto significa que todos éstos están actuando concertadamente con la Inmobiliaria, puesto que la interposición de una excepción dilatoria prorroga, en favor de todos los demandados, el plazo para contestar la demanda hasta que la dilatoria sea fallada", puntualizó.
20 Octubre 2005
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Las Condes: Corte falla contra inmobiliaria por construcción de edificio
Lo inédito de la medida es que el edificio ya se encuentra en construcción, argumento que no fue suficiente para que el tribunal estimara que la decisión de la seremi de Vivienda y Urbanismo se encuentra ajustada en la legalidad vigente.
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