Violan las áreas de preservación ecológica por Patricio Herman* La normativa del Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS) define a este tipo de áreas como aquellas que deben ser mantenidas en estado natural, para asegurar y contribuir al equilibrio y calidad del medio ambiente, como asimismo preservar el patrimonio paisajístico regional. Ellas, más otras que no es del caso aludir en esta ocasión, integran el “Área Excluida al Desarrollo Urbano” de ese PRMS. Forman parte de estas zonas los sectores altos de la cuenca y microcuencas hidrográficas, los reservorios de agua y cauces naturales, las áreas del recurso nieve, las cumbres y los farellones, los enclaves de flora y refugios de fauna y en ellas se permite sólo el desarrollo de actividades que aseguren la permanencia de los valores naturales con usos muy restringidos y con instalaciones indispensables para su habilitación. Obviamente que no está permitida la actividad inmobiliaria y con mayor razón están expresamente prohibidas las divisiones prediales. En todo caso, los proyectos permitidos, de orden cultural, turístico, científicos o recreacionales tienen la obligación de someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) a través de la modalidad “Estudio”. En nuestra columna “Desprecio por el recurso suelo” publicada el 20 de Enero de 2004 en esta tribuna, denunciamos el intento del Minvu, en orden a modificar la regulación protectora de este tipo de áreas, a raíz de las presiones recibidas por actores del sector privado que deseaban rentabilizar sus extensas propiedades precordilleranas. Ese ministerio pretendía establecer allí condiciones de edificación habitacional con altura de 5 pisos, contemplándose una densidad de 50 hab/ha., permitiéndose por lo tanto las subdivisiones prediales necesarias para llevar a cabo ese propósito. Y no solamente en las áreas de preservación ecológica se iba a permitir lo anterior, sino también en los frágiles territorios resguardados por el Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas por el Estado (Snaspe). Es decir, ese ímpetu crecedero, por no decir depredador, deseaba cambiar las reglas del juego para utilizar los suelos más vulnerables de la región metropolitana en procesos de urbanización. Decíamos en aquella ocasión que era inaceptable esa iniciativa mercantilista impulsada por un servicio público ya que, entre otros motivos, el propio Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica, vigente desde Mayo de 1998, no lo permitía. Es más, ese instrumento normativo ambiental obliga a las autoridades sectoriales a promover la preservación de este tipo de áreas, situación que posiblemente no conocía en aquella época el Minvu. Terminábamos nuestra reflexión pública llamando al gobierno a aprobar una ley marco referida al recurso suelo de manera integral en todo el territorio, ya que el desarrollo sustentable y las políticas de largo plazo exigen que respetemos ahora tan preciados bienes naturales, más aún si un estudio de la Conama había llegado a la conclusión de que el suelo se encuentra entre los recursos más deteriorados en el país, que los productivos presentan altos grados de erosión y que un 62% del territorio nacional enfrenta procesos de desertificación. En todo caso el gobierno de Lagos optó por archivar esa modificación porque concitó el rechazo de la mayoría de los municipios consultados. Ahora bien, la prensa ha informado que en la comuna de Lo Barnechea, se han construido infinidad de viviendas sobre la cota 1.000 msnm, territorio definido como Área de Preservación Ecológica en 1994. Recordemos asimismo que este sector precordillerano está protegido por los Decretos Supremos Nº 82 del 23/05/74 y Nº 327 del 17/02/74 del Ministerio de Agricultura y que la Conaf debiera hacer cumplir. En este orden de materias se viola la ley porque el aparato público no ha tenido capacidad para fiscalizar y ello porque los gobiernos han demostrado desinterés en asignar los recursos necesarios. Ante tal explícita señal el sector privado ha apostado a que nadie les va a decir nada que contraríe su emplazamiento de viviendas. Incluso algunas autoridades creían que los marcos regulatorios son de carácter indicativo y que el mercado se autorregula con suma eficiencia, razón por la cual no había que ponerle trabas al crecimiento económico. Hablamos en pasado porque debemos suponer que en el actual gobierno las cosas se harán bien. La Ley General de Urbanismo y Construcción es drástica con respecto a las construcciones ilegales. Le entrega atribuciones precisas a los alcaldes para que decreten las demoliciones y ante la inoperancia de aquellos, subsidiariamente el Seremi respectivo, con el auxilio de la fuerza pública, debe proceder en consecuencia en resguardo del imperio del derecho. En Chile, por motivos que nunca hemos comprendido, las autoridades son renuentes a aplicar el marco jurídico con aquellos violadores de la ley y por ello, ante la inaplicación de las medidas correctivas, muchos agentes privados obtienen permisos de edificación incumpliendo las normas. Ejemplos hay muchos y la prensa ya ha informado de algunos casos. En la situación que estamos viviendo en la parte alta de la ciudad, ya se ha configurado un daño ambiental de proporciones, el cual -en nuestra opinión- es irreversible. Es más, esta ilicitud pone en entredicho el propio Plan de Prevención y Descontaminación Atmosférica (PPDA) del cual tanto se ha hablado por su inoperancia. No tiene mayor sentido explicar en detalle el perjuicio ocasionado, ya que todos conocemos las externalidades positivas que entregan a la población este tipo de áreas protegidas por el Estado. Estamos conscientes que existen numerosos loteos de entre 10 y 80 hectáreas de antigua data (más de 70 años) aprobados por el Ministerio de Agricultura en esa parte de la ciudad, inscriptos en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago, cuyos actuales propietarios están subdividiendo con la imaginativa y abusiva figura de la transferencia de derechos. De esta manera se han levantado en esos loteos cerrados decenas de viviendas de todo tipo que arrasan con la vegetación nativa y que no se ciñen a ninguna norma. Se han intervenido cursos de agua, quebradas y ciertas zonas de remoción en masa a vista y paciencia de quienes debían fiscalizar y que optaron por “no ponerle trabas al emprendimiento”. Dado que la Directora de la Conama se ha comprometido ante el país con una gestión responsable orientada a 1) profundizar la incorporación del componente ambiental en las políticas, planes y programas públicos, 2) administrar ambientalmente el territorio, conservando la naturaleza y garantizando que el desarrollo del país se producirá en equilibrio con la sustentabilidad de los recursos naturales y la biodiversidad, 3) implementar políticas que permitirán mejorar la calidad ambiental de las ciudades y que favorecerán la interacción de las personas con la naturaleza y 4) transparentar las decisiones ambientales, fomentando la participación ciudadana y el acceso a la información, estimamos que ha llegado la hora para elaborar un catastro detallado de la zona amagada con el compromiso formal de los ministerios competentes -Vivienda y Urbanismo y Agricultura- en orden a detener el atentado que hemos relatado. Columna de Patricio Herman, publicada en El Mostrador, 18 de julio de 2006. Afortunadamente hoy en día contamos con las herramientas técnicas satelitales que le permitirán al gobierno conocer desde la altura ese territorio, con lo cual sus funcionarios estarán en condiciones óptimas para no permitir ninguna nueva violación al marco regulatorio existente.
Violan las áreas de preservación ecológica
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URBANO
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