"Téngase presente" dirigido a la Contraloría en lo que respecta a la aplicación de los plazos legales de los permisos de edificación otorgados por la Direcciones de Obras Municipales Ingreso Nº 30508 del 18/05/06 Santiago, Jueves 18 de Mayo de 2006 Sra. Noemí Rojas Llanos Sub-Contralora General de la República Patricio Herman Pacheco, representando a la Agrupación "Defendamos la Ciudad", domiciliado en Luz 2889, Depto. 34, Las Condes, se refiere a nuestra presentación Nº 24259 del 21 de Abril de 2006. En esa presentación le dimos a conocer una objeción del abogado Jorge Elizalde al contenido de la Circular ORD. Nº 0143 del 27 de Marzo de 2006, suscrita por el Jefe de la División de Desarrollo Urbano del Minvu, porque en ella se mal interpretaba la Ley y la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones en lo que respecta a los plazos de vigencia de los permisos de anteproyectos y otras consideraciones asociadas. Produjo el efecto necesario la carta del abogado Elizalde, ya que con fecha 27 de Abril de 2006 ese Jefe de la División de Desarrollo Urbano del Minvu emitió la Circular ORD. Nº 0211, con un texto coherente con la Ley y Ordenanza respectiva. La Contraloría está analizando gran cantidad de permisos de edificación otorgados por la Dirección de Obras de la Municipalidad de Las Condes, con normas de edificación derogadas, de acuerdo a lo prescrito en el inciso segundo del artículo 1.4.11. de la OGUC, situación que ha sido reconocida en el último párrafo de la Circular ORD. Nº 0211 del 27 de Abril de 2006 : "A partir de la fecha de la resolución o del permiso que sanciona las actuaciones administrativas señaladas en el párrafo anterior, se considerará la vigencia del anteproyecto aprobado para efectos de lo dispuesto en el inciso segundo del citado artículo 1.4.11. y la caducidad del permiso..............". Muy respetuosamente nos permitimos prevenir a la Contraloría en orden a que la invalidación de los permisos mal otorgados se dictamine con fecha anterior a los dos años del acto administrativo para así evitar su extemporaneidad. También le solicitamos que la aplicación de la vigencia legal de los permisos para mantener las normas urbanísticas derogadas se tenga en cuenta para la respuesta a nuestra reconsideración Nº 21443 del 10 de Abril de 2006, referida al permiso de edificación Nº 176/04 del 13 de Agosto de 2004, otorgado por la Municipalidad de Lo Barnechea. Atentamente, ..................................... Se adjunta Circular ORD. Nº 0211 del 27 de Abril de 2006 de la DDU del Minvu