Se ha contactado con nosotros una tradicional comunidad, localizada en una zona de 27 manzanas, entre las calles Independencia, Fermín Vivaceta, Hipódromo Chile y Los Nidos, de la comuna de Independencia, en donde existen 2 edificios colectivos de 3 pisos c/u y unas 600 viviendas unifamiliares de entre uno y 2 pisos, cuyos vecinos se han organizado muy bien llegando al extremo de tener, hasta unos meses atrás, excelentes relaciones con el alcalde Gonzalo Durán, ex PS y hoy distinguido militante del Frente Amplio y por lo tanto adscrito a Apruebo Dignidad.
Pues bien, ahora esos vecinos están enojados con él y con las autoridades municipales porque se aprobó sigilosamente en ese barrio de densidad baja un permiso de edificación de una invasiva torre habitacional de 26 pisos, con normas del año 1983 de la comuna de Santiago, vulgar gueto vertical, mega estructura no informada a ella y que perjudica a las familias que residen en sus inmediaciones. Por tal motivo, al sentirse traicionados por sus autoridades, como se dice en el epígrafe, se justifica lo que Julio César le manifestó a Bruto con su acción criminal.
Este asunto, con Adrián Torres, representante de la comunidad y con el ex diputado y arquitecto Patricio Hales, lo hemos revisado en más de una oportunidad con el alcalde Durán y sus funcionarios técnicos, a quienes le hemos representado la situación, sin que reconocieran las ilegalidades que más adelante describimos.
Como una cuestión previa al relato de lo que le sucede a esa comunidad, declaramos que algunos lectores nos han preguntado la razón que tendríamos para denunciar permanentemente actuaciones non sanctas de la industria inmobiliaria, a quienes se les ha respondido que nuestras acusaciones con publicidad son solo en contra de aquellos proyectos que violan las disposiciones reglamentarias y legales, muchas veces coludidos con funcionarios públicos. No tenemos animadversión en contra de esa industria, pues no todos sus empresarios actúan al margen de la ley.
Además, se les ha contestado a aquellos interrogadores que todos los ciudadanos tenemos la obligación ética de exigir en las diferentes instancias el cumplimiento de los marcos regulatorios en todos los sectores de la economía, pues callar, nos haría cómplices de las prácticas corruptas que cometen algunos inversionistas, lacras que erosionan el mercado que los mismos dicen defender y la propia democracia.
Además, se nos preguntó por qué yo sería el único en emprender esta cruzada, teniéndose en cuenta que en Chile hay muchas personas naturales y organizaciones sociales que, con conocimientos muy acabados, no ejercen una función fiscalizadora. Se les respondió que efectivamente hay muchos actores que saben bastante más que este columnista y que ese silencio tiene explicaciones de fácil comprensión.
El Colegio de Arquitectos de Chile ha recibido varias denuncias fundadas de nuestra parte para que su Tribunal de Ética investigue las razones por las cuales ciertos directores de obras municipales cursan permisos de edificación ilegales, con dictámenes vinculantes en tal sentido de la Contraloría General de la República, negándose sistemáticamente esa orden profesional a ejercer sus atribuciones. Entendemos que allí reina una especie de asociación de socorros mutuos y que, “molestar” a los capitalistas, les significará a esos profesionales que no serán convocados por los inversionistas para que proyecten sus edificaciones. Así opera el atropellador neoliberalismo que originó el brutal estallido de octubre de 2019.
Ahora bien, vamos al grano
En diciembre de 2012 asume Gonzalo Durán el cargo de alcalde de Independencia y el 20 de marzo de 2014 se publica en el Diario Oficial el Plan Regulador Comunal (PRC) respectivo, fijando una altura máxima de 12 pisos para el terreno en donde se cursó el permiso de edificación cuestionado. Días antes de la vigencia de ese PRC, exactamente el 6 de febrero de 2014, el mencionado privado, suponemos que con oportuna información privilegiada, solicita un anteproyecto para su predio, a sabiendas que el artículo 1.1.3 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) dice que este tipo de solicitudes serán evaluadas y resueltas conforme a las normas vigentes en la fecha de su ingreso en la dirección de obras municipales, lo que en todo caso no es a todo evento, pues hay otras disposiciones que se deben cumplir.
Estando vigente ese PRC de Independencia, que contempla una altura máxima de edificación de 12 pisos para el barrio en comento,
la dirección de obras municipales aprueba el 16 de diciembre de 2016 en el sitio de la calle Fermín Vivaceta 1702, el permiso de edificación N° 30 a nombre de la empresa Inversiones San Martín S.A. por la mole de 26 pisos con 695 viviendas, 7 locales comerciales y escasos 168 estacionamientos, que los vecinos objetan con justa razón. Ese acto administrativo se acogió infundadamente, como ya se dijo, a las permisivas normas urbanísticas del PRC de Santiago de 1983 (sic) y, por lo tanto, no a las del PRC de Independencia.
¿Por qué afirmamos que este proyecto debía respetar el PRC de Independencia?
Por la sencilla razón de que la solicitud del anteproyecto de fecha 6 de febrero de 2014 del titular, aprobado el 24 de noviembre de 2014, aunque le permite al mismo mantener las normas de esa solicitud para su próximo permiso de edificación, era indispensable que la tramitación de los actos administrativos se rigieran por los plazos fijos y máximos contenidos en la OGUC, lo que no aconteció por motivos que desconocemos, aunque visualizamos. A modo de ejemplo, entre la solicitud y la aprobación del anteproyecto, transcurrieron más de 9 meses, vulnerándose los plazos contenidos en los artículos 1.4.9 y 1.4.10 de la OGUC.
Enseguida, se solicita con fecha 29 de mayo de 2015 el permiso de edificación, el cual es autorizado el 16 de diciembre de 2016, luego después de 19 prolongados meses, plazo muy extempóraneo y por ende abiertamente ilegal, acorde al mandato de los 2 aludidos artículos de la OGUC. Cuando se le objetó esa dilación al director de obras municipales, fue muy graciosa su respuesta, pues nos manifestó con cierta ingenuidad que tal demora se debía a que durante ese periodo tenía un déficit de recursos humanos en su despacho, lo que se aprecia en link.
Como el caso se denunció en la Contraloría, ésta en su oficio N° E160321/2021 del 29 de noviembre de 2021, se abstuvo de emitir un dictamen debido a que por haber transcurrido más de 4 años desde la fecha, 16/12/16, de la emisión del permiso, operaba la prescripción de la acción disciplinaria en contra del funcionario que lo cursó. La Contraloría también señaló que, a pesar de lo anterior, “sin perjuicio de las demás acciones que el recurrente pueda ejercer en otras instancias en defensa de sus intereses”, con lo cual se evidencia que el órgano fiscalizador entendió sin lugar a dudas que la tramitación del permiso violó el marco regulatorio aplicable y por lo tanto es contrario a derecho.
¿Qué sucederá ahora, ya que la mole continúa edificándose sobre los 12 pisos admitidos en el PRC de Independencia? Nos gustaría que el alcalde Gonzalo Durán diga públicamente cuales fueron las razones por las cuales se otorgó este permiso, con cuyo derecho “adquirido” el astuto privado obtendrá una ganancia adicional de unos cuantos millones de dólares y nuevamente estaremos ante un hecho ilegal consumado que perjudica a una comunidad de vecinos que le tenía aprecio a “su” alcalde.
Por último, debemos recordar que el contralor Jorge Bermúdez, ha manifestado en la prensa que el trabajo mal hecho en la administración pública es sinónimo de corrupción, motivo por el cual la comunidad engañada por sus autoridades, está evaluando ejercer acciones en otras instancias, tal como lo expresó la Contraloría, una de las cuales podría ser el Ministerio Público, para que así el fiscal que asuma la causa pesquise por qué en esa municipalidad hubo un trato de tanto privilegio para un privado.