03 Julio 2020

Continúan las sandeces del Estado en materia de regulación urbanística

Columna de opinión de Patricio Herman, Presidente de Fundación Defendamos la Ciudad, publicada en Diario UChile el 03.07.2020

Aunque la mayoría de los actores privados que se desenvuelven en el negocio inmobiliario se molestan con este columnista por la labor que desarrolla, como presidente de la fundación Defendamos la Ciudad, sin percatarse ellos que el ánimo nuestro es propender al apego irrestricto a la ley dentro de un ambiente de sana competencia. 

En esta esta ocasión vamos a expresar algunas ideas que dejan al descubierto errores cometidos por el Minvu, los cuales, de una u otra forma, los perjudican en sus proyectos de explotación comercial del recurso suelo urbano, lo que en la práctica significa que en  esta columna estamos cautelando sus intereses, dejándose en claro que los 4 mega proyectos inmobiliarios cuyos titulares están interviniendo territorios rurales sobre la cota 1.000 msnm en la comuna de Colina y Lo Barnechea, deberán ser objetados por las autoridades competentes, de acuerdo a la aplicación del artículo 55º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC). 

Por otro lado, hace 11 meses atrás, la Corte Suprema emitió un fallo que determinó la ilegalidad de 4 guetos verticales, en la comuna de Estación Central, de la Inmobiliaria SuKsa, por las razones técnicas ampliamente conocidas por la opinión pública, las mismas que son aplicables a los más de 70 permisos de edificación cursados graciosamente por el Director de Obras Municipales. Aunque los lectores no lo crean, a esta fecha, el alcalde Delgado quien desea ser reelecto, todavía no se acata ese fallo en circunstancias que el poder político dice que se debe atacar la corrupción.

Pues bien, abordando el tema del título de la columna, el Minvu está impulsando varios decretos modificatorios de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), recargando aún más el alicaído sector construcción, el cual presenta la tasa más alta de cesantía de todas las ramas de la actividad económica.

El primero de tales decretos, modifica las normas para personas con discapacidad, modificando especialmente el artículo 2.2.8 de la OGUC, introduciendo aún más exigencias para las obras que se ejecuten en el espacio público, ya sea para las obras nuevas y también para las existentes cuando éstas se remodelen.

A primera vista, parece muy sensato facilitar el desplazamiento de personas con discapacidad, pero, ¿tiene sentido exigir que haya rutas especiales para minusválidos en todo el trayecto del camino al sector cordillerano (Farellones, La Parva y Valle Nevado), cuando el Ministerio de Obras Públicas (MOP) ejecute la siguiente intervención en esa vialidad?

Como se podrá apreciar, una norma bien intencionada, pero mal redactada, termina siendo un despropósito, tanto por la imposibilidad técnica de construir dicha ruta accesible para minusválidos, dadas las altas pendientes de la vía, como por el hecho de exigir algo que tampoco está disponible para las personas sin discapacidad.

Los funcionarios públicos artífices de dicha norma seguramente no entienden su alcance, ni tampoco consideran que Chile es un país montañoso, con grandes pendientes. Desde luego una norma de esa categoría no debiera ser aplicable para situaciones con pendientes mayores a 15%, ni para aquellos casos en que ni siquiera exista una vereda para peatones normales.

El segundo de los decretos que impulsa el Minvu, pretende reglamentar las leyes 20.016 y 20.703, conocidas como las leyes 2 y 3 de la calidad de las construcciones.

Es curioso la lentitud del Minvu, ya que la Ley 20.016 es del año 2005, y la Ley 20.703 es del año 2013, y recién ahora, en la mitad del año 2020 se dan cuenta que falta reglamentarlas. El asunto es más grave aún, al tener en consideración que la actual OGUC, no se ajusta en estas materias desde el año 1997, oportunidad en que reglamentó la Ley 19.472, conocida como la primera Ley de Calidad de las construcciones.

Como se podrá apreciar, la OGUC contiene múltiples normas obsoletas, en materias tan relevantes como las responsabilidades del sector construcción y la tramitación de los permisos ante las Direcciones de Obras Municipales (DOM), cuyo contenido contraría las leyes 20.016 y 20.703. Más vale tarde que nunca, dice el antiguo refrán, aunque sea 15 años después.

Sin embargo, al analizar el contenido del decreto que modifica la OGUC, para ajustarse a las mencionadas leyes 20.016 y 20.703, se aprecia que se aparta sensiblemente de las leyes que pretende reglamentar, introduciendo nuevamente incertidumbre jurídica a los permisos del sector construcción.

Tal es el caso, por ejemplo, de las responsabilidades que determina para los arquitectos revisores independientes, que las confunde con la que recae sobre los ingenieros calculistas, con el agravante de que los primeros tienen prohibición expresa de revisar el proyecto estructural, conforme se establece en el artículo 116 bis de la LGUC, modificado por la Ley 20.016.

Otro tanto ocurre con las normas propuestas para copropiedad inmobiliaria, o para modificación de deslindes, y un sinfín de otros trámites, los que, en vez de circunscribir la función de los DOM a verificar exclusivamente normas urbanísticas (que son las menos) como lo exigen las leyes 20.016 y 20.703, ahora pretende por la vía de la OGUC, que los DOM revisen otras materias ajenas a las normas urbanísticas, llegándose al extremo de exigir que éstos hagan estudios de títulos de dominio y arbitrar en materias que son propias de un litigio en tribunales de justicia cuando se trata de una simple modificación de deslindes.

¿Cómo es posible que el Minvu no estudie las leyes que luego pretende reglamentar?

El asunto no solo afecta a las responsabilidades, sino que, también, a las normas que regulan los trámites de permisos ante las DOM, en donde el decreto en comento hace aún más engorroso, no obstante que la Ley 20.703 que pretende reglamentar se le denomina “para la agilización de los permisos”. 

Es asombroso que, estando Chile severamente afectado por una grave crisis económica, derivada de la pandemia, ahora el Minvu opte por entrabar innecesariamente al sector construcción. 

Es posible que el saliente ministro del ramo, Cristián Monckeberg, por el cual tengo una favorable opinión, no haya intervenido en los detalles técnicos de las situaciones aquí abordadas. En todo caso, esperamos que el nuevo ministro, Felipe Ward, ponga orden en la casa. 

Fuente: https://radio.uchile.cl/2020/07/03/continuan-las-sandeces-del-estado-en-materia-de-regulacion-urbanistica/



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