Francisco Walker, representante de la inmobiliaria, es hermano del ministro de Agricultura y de unos parlamentarios DC y Daniel Jadue es alcalde de Recoleta quien, a través del DOM, impulsó el decreto de demolición de la torre II, terminada hace tiempo y que, por no contar con la recepción final de obras, los compradores de sus departamentos no los pueden habitar. Lo gracioso es que ambas partes se consideran ganadoras al conocerse esos fallos del máximo tribunal del país y los medios de prensa se han dividido para sostener que el ganador es uno u otro.
El reciente 15 de abril de 2020 la Corte Suprema emitió 4 fallos sobre un decreto de demolición firmado por el Director de Obras Municipales (DOM) de Recoleta que afecta a una torre habitacional de 19 pisos localizada en la calle Dardignac, materia que fue objetada a través de recursos judiciales por la empresa Desarrollo Inmobiliario Bellavista ligada a la Universidad San Sebastián.
Estamos hablando de la casa central, edificio de convenciones de esa universidad privada y de tres torres habitaciones de 19 pisos con departamentos que se ofrecen en el mercado, proyecto que se ejecutó en el predio de más de una hectárea localizado entre las calles Bellavista, Pío Nono, Dardignac y Ernesto Pinto Lagarrigue de esa comuna.
Francisco Walker, representante de la inmobiliaria, es hermano del ministro de Agricultura y de unos parlamentarios DC y Daniel Jadue es alcalde de Recoleta quien, a través del DOM, impulsó el decreto de demolición de la torre II, terminada hace tiempo y que, por no contar con la recepción final de obras, los compradores de sus departamentos no los pueden habitar.
Lo gracioso es que ambas partes se consideran ganadoras al conocerse esos fallos del máximo tribunal del país y los medios de prensa se han dividido para sostener que el ganador es uno u otro. La empresa privada ha expresado que el alcalde ejerce un abuso de autoridad, reconociendo que la proyectada torre III no se podrá edificar pues ya caducó el permiso de edificación Nº 252 del 12 de octubre del año 2007 que la amparaba. Este permiso aplicó erróneamente una disposición que no debió contemplar el Plan Regulador Comunal (PRC) de Recoleta.
Un medio de prensa, publicó que el DOM de Recoleta debe emitir un pronunciamiento respecto a la solicitud de recepción de la segunda torre en un plazo de 30 días, y que la municipalidad incurrió en una infracción al no haberlo hecho, agregando que los interesados tienen derecho a que se dicte el acto final que cierre el procedimiento administrativo, señalando además que el alcalde los persiguió por 8 años, dándose gustos personales que trasgreden la legalidad.
Por otro lado, hay una declaración pública en la página web de la Municipalidad de Recoleta, la que fue reproducida por otros medios de prensa, en donde el alcalde dice que el máximo tribunal le da razón a su municipio, asegurando que uno de los fallos es fundamental, debido a que ahí la Corte Suprema, por la unanimidad de sus 5 miembros, define y acepta que los permisos están caducos, y que, por lo tanto, la Municipalidad ha actuado en pleno ajuste a la norma y a la ley porque no se le puede dar recepción final a algo que no tiene (aludiendo al permiso). Jadue (PC), que es arquitecto, argumenta que cuando un permiso caduca, deja de existir, y por lo tanto no hay derechos que deriven de ese acto administrativo.
Tratando de sustentar su posición, la inmobiliaria expresa que el fallo reconoció solo la caducidad de la etapa 3 del proyecto y no de las anteriores, aunque todos sabemos que las caducidades operan de pleno derecho, mediante certificaciones, para los permisos y no para fracciones de los mismos. Este asunto está muy bien explicado en el artículo 1.4.17 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) y a todo esto no podemos perder de vista que existe una demanda de nulidad de derecho público, radicada en un juzgado civil, en contra de ese negocio inmobiliario, por parte de la Universidad de Chile.
Un poco de historia:
El permiso de edificación ilegal del año 2007 se cursó en el período del alcalde Gonzalo Cornejo, conocido político UDI y el 10 de diciembre de 2009 la fundación Defendamos la Ciudad le pidió un dictamen a la Contraloría General de la República porque para el permiso en discusión, el DOM de la época, posteriormente recluido en la cárcel, había utilizado una disposición incorrecta, artículos 4.1.3 y 3.3.5 del PRC de Recoleta, que pugnaban abiertamente con el artículo 2.1.21 de la OGUC, disposición ésta de mayor jerarquía que, con suma claridad, determina como se aplican las alturas de los proyectos que están situados en diferentes zonas de un PRC.
El 29 de diciembre de 2009, la Contraloría le consulta al Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu), adjuntando nuestra presentación, para que se pronuncie al respecto y la Subsecretaria, Paulina Saball, tiempo después ministra, en fecha 11 de enero de 2010, le responde al contralor Ramiro Mendoza que teníamos toda la razón, es decir, lo que regula la OGUC sobre una misma materia prima sobre lo que está fijado en el PRC de Recoleta. Con ello se desprende que desde hace más de 10 años se sabía que el permiso de edificación era ilegal.
En una nota titulada “Contraloría objeta proyecto inmobiliario en barrio Bellavista” del diario La Tercera del 16 de noviembre de 2010, se da cuenta que la Contraloría le requirió a la Municipalidad de Recoleta que se corrigiera la interpretación del PRC, que permitió la construcción de tres edificios de 19 pisos en una misma manzana que contenía diferentes alturas, motivo por el cual el ente fiscalizador inició un sumario administrativo. Además ese diario publicó que la Comisión Regional de Medio Ambiente debía ejercer las acciones y/o sanciones que estime pertinentes, para que la DOM de Recoleta entregara los antecedentes sobre las modificaciones que sufrió el proyecto cuando este ya había obtenido, en el año 2008, su permiso ambiental.
Por otro lado, el mismo diario publicó que la alcaldesa de entonces, Sol Letelier, a la luz de las responsabilidades de quienes autorizaron las obras, dijo que “Nosotros no hemos recibido ninguna notificación por parte de la Contraloría y entiendo que el sumario está en curso”, agregando que “Si hay responsabilidades se aplicarán las sanciones que corresponda”. En la misma nota de prensa la empresa dueña del proyecto manifestó que las construcciones “contaron con todos los permisos municipales y sectoriales para su ejecución” (sic)
Conclusión:
Si la alcaldesa Sol Letelier (UDI) hubiera asumido su rol de autoridad, el conflicto no existiría y por ende no se habría publicado esta columna. Además desconocemos el resultado del sumario administrativo aludido, tampoco sabemos si la municipalidad de Recoleta modificó su PRC, tal como la Contraloría hace 10 años se lo exigió y queda en evidencia que 2 de las 3 torres habitacionales, amparadas en el permiso ilegal del año 2007, bajoningún motivo podrían tener 19 pisos.
Una de ellas, ya cuenta con recepción final, hecho consumado, por lo tanto ya está habitada, otra está terminada pero sin recepción final, luego no está habitada y la tercera no existe. Si la inmobiliaria lo desea, puede solicitar un nuevo permiso de edificación para el sector que queda en Dardignac con Ernesto Pinto Lagarrigue, siempre que se adscriba a las normas urbanísticas del PRC de Recoleta que admite una altura máxima de 8 pisos.
Conociendo los fallos, aún queda pendiente que el DOM emita el pronunciamiento al cual fue conminado, es decir, conforme a lo dispuesto en el artículo 144 LGUC, disposición que exige al DOM la revisión de las normas urbanísticas aplicables a la obra, conforme al permiso otorgado para proceder a efectuar la recepción, si fuere procedente.
De ello se desprende que es difícil para el DOM revisar las normas urbanísticas aplicables a la obra, conforme a un permiso que está caducado, motivo por el cual la solicitud de recepción que haga la inmobiliaria seguramente será rechazada. Señalamos lo anterior debido a que algunos medios han publicado erradamente que el DOM fue conminado por la justicia a otorgar una recepción de obras favorable para la torre II situada en Dardignac.
Finalmente, la áspera contienda entre Walker y Jadue está presente y no sabemos cuál será su epílogo.
Fuente: https://www.eldesconcierto.cl/2020/04/19/quien-ganara-la-pelea-entre-walker-y-jadue/