Es bueno tener presente que existe en la Contraloría una denuncia de fecha 15 de julio de 2019 en contra de Patricio Donoso, desenvuelto y bien conectado presidente de la CCHC, quien ha liderado en el país la oportunista doctrina de que, por el solo hecho de existir una simple aprobación de la DOM a un permiso, se debe entender que está bien cursado.
En la prensa del jueves 26 de septiembre pasado se dan a conocer 40 medidas de reimpulso económico como parte de la agenda de aceleración de la actividad productiva. Unos cuantos ministros de Estado, en la ocasión, manifestaron que la decisión del gobierno es combatir la burocracia y como ejemplo de ello señalaron la idea de otorgar mayor certeza para permisos de edificación y agilizar sus otorgamientos por parte de las Direcciones de Obras Municipales (DOM).
Y el lunes 30 de septiembre se publicó en el Diario Oficial el Decreto Supremo Nº 14 firmado por el presidente Sebastián Piñera, desde hace muchos años importante actor inmobiliario, en conjunto con el ministro del ramo Cristián Monckeberg. La prensa especializada aseguraba que con ese Decreto que modifica la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) se establecía a todo evento la certeza jurídica para los permisos otorgados por las Direcciones de Obras Municipales (DOM), tal como lo venía pretendiendo la Cámara Chilena de la Construcción (CCHC) y los grandes empresarios de ese sector de la economía.
Sobre esta materia es bueno tener presente que existe en la Contraloría una denuncia de fecha 15 de julio de 2019 en contra de Patricio Donoso, desenvuelto y bien conectado presidente de la CCHC, quien ha liderado en el país la oportunista doctrina de que, por el solo hecho de existir una simple aprobación de la DOM a un permiso, se debe entender que está bien cursado.
Muchos dicen que en pedir no hay engaño y podríamos colegir que esa aspiración del mencionado empresario tiene que ver con uno de sus negocios, el denunciado en la Contraloría. En efecto, un inmobiliario pyme lo acusó en el órgano fiscalizador de obtener un permiso para construir más de 100 viviendas sociales en la comuna de Pichilemu, 6ª región de O´Higgins, vulnerando ciertas disposiciones del marco regulatorio sectorial, contando para ello con la ayuda solidaria del alcalde sociolisto, obviamente del DOM respectivo y del Seremi de Vivienda y Urbanismo, asunto divulgado hace poco por los medios de prensa independientes Interferencia y radio Bio Bio.
Volviendo al Decreto Supremo Nº 14 se debe dejar de manifiesto que el deseo de la voraz industria de la construcción en orden a darle una aureola bendita a los permisos de edificación, aunque fueran contrarios a derecho, no fue posible en la tramitación de ese acto al interior de la Contraloría pues existe desde el año 2003 la ley Nº 19.880 del Procedimiento Administrativo y obviamente una disposición reglamentaria, como es la OGUC, no puede ir contra una ley.
Por esta elemental razón la Contraloría le exigió al Minvu que se respetara dicha ley y por ello solo quedó reflejado en dicho decreto que este tipo de permisos “gozan de una presunción de legalidad, de imperio y exigibilidad frente a sus destinatarios” (sic). Pero para no asustar a los inversionistas que lucran con la explotación del recurso suelo, ya que lo anterior era un vulgar placebo, omitió decir que esa misma ley expresa que “la autoridad administrativa podrá, de oficio o a petición de parte, invalidar los actos contrarios a derecho, previa audiencia del interesado, siempre que lo haga dentro de los dos años contados desde la notificación o publicación del acto”.
Muchos cándidos creían que con este decretito, entre otras cosas, todos los guetos verticales de Estación Central se iban a transformar en legales, pero como se dijo, ello no es así ya que el Minvu hizo un copy-paste parcial de la ley Nº 19.880 y por lo tanto nada ha cambiado, razón por la cual todos los permisos mal otorgados pueden y deben ser objetados administrativamente, ya sea en la propia DOM, ante el alcalde, en la Seremi de Vivienda y Urbanismo y en la Contraloría y en los tribunales de justicia si se opta por la vía jurisdiccional.
Sobre este tema, El Mercurio de fecha 1º de octubre publica un amplio reportaje titulado Expertos advierten que decreto de Vivienda no resuelve la “incertidumbre jurídica”, ante lo cual si ese sector de la economía quiere disponer de certeza jurídica para sus negocios, solo tiene que adscribirse a la ley. Buscar aviesas fórmulas para brindar esa certeza es hasta caricaturesco.
Desde esta tribuna le decimos a la CCHC que, si aspiramos a que el mercado funcione correctamente, se debe hacer una profunda reingeniería al interior de su asociación gremial empresarial para que todos sus socios se comprometan a actuar sin trampas y de paso le manifestamos al Minvu que renuncie pronto a su notorio sesgo inmobiliario.
Fuente: https://www.eldesconcierto.cl/2019/10/02/el-minvu-es-socorrista-de-los-empresarios-inmobiliarios/