Un edificio de 12 pisos en una zona donde el límite de altura son siete niveles. Eso fue lo que autorizó el director de Obras de Providencia y que la Contraloría declaró ilegal. El detalle de este nuevo caso de permisos de edificación anómalos que dan origen a significativas e injustificadas utilidades para empresas inmobiliarias, es relatado en esta columna de opinión por el presidente de la Fundación Defendamos la Ciudad.
“Si la Municipalidad de Providencia fuera seria y responsable, se debería invalidar el permiso de edificación ilegal, lo que podría suceder solo si la alcaldesa Matthei asume en plenitud su rol de conductora del municipio”, dice el autor. Por Patricio Herman Durante los días martes 29, miércoles 30 y jueves 31 de mayo, expusimos en el curso denominado Fraude Inmobiliario, en la Asociación de Abogados de Chile, con una entusiasta asistencia de arquitectos, ingenieros y abogados de Santiago y regiones, entre otros profesionales. Los presentes conocieron de primera fuente situaciones irregulares en el ámbito de los permisos de edificación y exigencias ambientales, generalmente no cubiertas por la prensa.
Algunos de ellos se refirieron a casos verdaderamente vergonzosos y la conclusión determinante que quedó en la sala es que las instituciones administrativas del Estado están cooptadas por el poder fáctico de la Cámara Chilena de la Construcción (CCHC), poderosa asociación empresarial que hace lo que quiere para que sus miembros obtengan, vía engaños a la fe pública, mayores ganancias en sus proyectos de inversión. Ahora bien, el viernes 1 de junio pasado el Canal 13 de televisión nos pidió nuestra opinión, y se la dimos, respecto del permiso de edificación Nº 12/16 mal otorgado por el director de Obras Municipales de Providencia.
El documento, fechado el 6 de junio de 2016, autorizó a la constructora Moller y Pérez-Cotapos para que levantara un edificio habitacional de 11 pisos en calle Roberto del Río 1641. No obstante, el proyecto, fue objetado oportunamente por un vecino bien informado. El predio donde se pretende construir, de 1.841 m2, es el resultado de la fusión de cuatro pequeños terrenos colindantes. De acuerdo con el Plan Regulador Comunal (PRC) de Providencia, dos de los terrenos originales se ubican en la Zona EA12 y los otros dos en la Zona EA7. De esta forma, el proyecto se emplaza en dos zonas distintas del PRC, en las que se permiten alturas máximas diferentes.
Tal como lo indican sus siglas, en la EA12 el límite es de 12 pisos y en la EA7, de siete. Evelyn Matthei Evelyn Matthei Las normas son claras: cuando un proyecto se emplaza en zonas distintas, deben respetarse las alturas máximas de cada zona. Así, en este caso, solo podían permitirse siete pisos en la parte del terreno que queda dentro de la EA7. Pero el director de Obras Municipales de Providencia decidió que el proyecto se levantaba solo en la zona más permisiva, es decir la EA12, lo que mejora la rentabilidad de ese negocio privado.
El vecino reclamante, quien presentó los antecedentes en la Contraloría General de la República (CGR), aducía que el edificio podía alcanzar solo la altura máxima de 7 pisos, conforme a las disposiciones urbanísticas contenidas en el área EA7 del PRC. Para examinar la denuncia ciudadana, la Contraloría pidió el parecer técnico del municipio, así como de la subsecretaría y seremi de Vivienda y Urbanismo. Las tres entidades consultadas “justificaron” el permiso, argumentando que se había acogido al artículo 3.1.03 del PRC de Providencia. Sin embargo, esa norma pugna abiertamente con el artículo 2.1.21 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC), cuerpo reglamentario de mayor jerarquía que prevalece en caso de controversia con el PRC, asunto que conocen muy bien todos aquellos que se desenvuelven en el sector inmobiliario.
Este artículo de la OGUC ordena que cuando los proyectos se emplazan en distintas zonas se debe respetar la altura máxima de cada una de ellas. El dictamen Nº 37.606 der la CGR, del 24 de octubre de 2017, indicó a todos los incumbentes que con la aplicación del artículo 3.1.03 del PRC “resultaría factible alterar significativamente la regulación preestablecida respecto de una parte del territorio comunal, sin contar con el conocimiento ni la participación previa de sus habitantes y de la comunidad en general”. Y, por ello, la Contraloría resolvió que la situación no armoniza con la certeza y seguridad jurídica que deben brindar los planes reguladores comunales. Con este dictamen la CGR comunicó, tanto a los funcionarios de Vivienda y Urbanismo como a los de la Municipalidad de Providencia, que el aludido artículo del PRC no se ajusta a derecho.
Por ende, en nuestra opinión, el permiso de edificación no puede producir efectos, ya que estos dictámenes tienen fuerza obligatoria para los funcionarios públicos. Las instituciones administrativas del Estado están cooptadas por el poder fáctico de la Cámara Chilena de la Construcción, poderosa asociación empresarial que hace lo que quiere para que sus miembros obtengan, vía engaños a la fe pública, mayores ganancias en sus proyectos de inversión”.
La Municipalidad de Providencia le pidió una reconsideración a la CGR con argumentos bastante pueriles, clamando el arquitecto titular de su Dirección de Obras que el edificio se encuentra en etapa de terminaciones, aludiendo a presuntas situaciones jurídicas consolidadas que afectarían a terceros. Con estos argumentos, quería ablandar al ente fiscalizador. Pero el contralor Jorge Bermúdez, el pasado 23 de mayo, respondió al municipio: “No resulta procedente que el aludido permiso de edificación N° 12, consigne que las normas urbanísticas para el sitio de que se trata son únicamente las de la zona EA12, toda vez que el inmueble fusionado comprende además predios emplazados en la zona EA7, debiendo por consiguiente regirse por el artículo 2.1.21. de la OGUC”.
Ahora bien, inmediatamente después del 24 de octubre de 2017, fecha del primer dictamen de la Contraloría, el director de Obras debió invalidar el permiso viciado, tal como lo fija la Ley del Procedimiento Administrativo. Pero el hombre optó por el desacato, quizás con la vana esperanza de tener éxito en su solicitud de reconsideración a la CGR. Ahora que el díscolo funcionario ya conoce el segundo dictamen, que ratifica el inicial, deberá invalidar el permiso “trucho”. Para ello, tenía un plazo perentorio que vencía este martes 5 de junio.
Este curioso director de Obras, que ejerce el cargo en forma vitalicia, al parecer estima que es autónomo y quizás por ello recurrentemente hace interpretaciones arbitrarias e inconsultas del PRC de Providencia. Ejemplos de sus barbaridades hay bastantes. Recordemos lo que ha hecho con una especie de mall del Fondo de Inversión Inmobiliaria Cimenta en el barrio Bellavista, asunto que conoce muy bien su jefa, la alcaldesa Evelyn Matthei. Basándose en un oficio “mendaz”, y no “errado” –como se dice en estas latitudes–, del Seremi de Vivienda y Urbanismo del año 2011, dicho funcionario municipal le daba el visto bueno a muchos emplazamientos de equipamientos mayores en vías de menor categoría, materia que fue enmendada por un nuevo informe del Seremi del año 2015. Incluso, tal funcionario municipal llegó al extremo de inventar vocablos para las vías, como el de “colectora comunal”.
¿CUÁL SERÁ EL EPÍLOGO DE ESTE CASO?
Si la Municipalidad de Providencia fuera seria y responsable, se debería invalidar el permiso de edificación ilegal, lo que podría suceder solo si la alcaldesa Matthei asume en plenitud su rol de conductora del municipio. En sentido contrario, solamente si el particular que efectuó la denuncia en la Contraloría adopta la decisión de interponer acciones judiciales en contra del municipio podría haber un fallo condenatorio, pues está claro que en este episodio la Dirección de Obras de Providencia ha sido una especie de comparsa de la inmobiliaria que ha edificado con una altura muy superior a la admitida en la ley.
Si la alcaldesa opta por desentenderse del conflicto y quien hizo la denuncia en la Contraloría no va a la justicia, los dueños de la empresa inmobiliaria podrán vender en el mercado unos cuantos departamentos más que aumentarán significativa e injustificadamente sus patrimonios. Y comentarán en sus reuniones de negocios que para acrecentar la riqueza en Chile hay que actuar con una buena dosis de temeridad y tener amistosas relaciones con los funcionarios de la administración pública.
Fuente: http://ciperchile.cl/2018/06/06/se-atrevera-la-alcaldesa-evelyn-matthei-a-cumplir-la-ley/