Sobre el asunto tratado originalmente en Ciperchile reprochamos una ingeniosa maniobra del establishment con ocasión de la ley “transparencia del mercado del suelo e incrementos de valor por ampliaciones del límite urbano”, artículo que mereció en ese medio de investigación periodística una respuesta del representante del Minvu y nuestra réplica.
Ahora bien, en la edición del 15/02/18 del vespertino La Segunda se publicó la crónica “El polémico artículo que opaca la Ley de Transparencia del Suelo”, con epígrafe “hoy fue publicada en el Diario Oficial”, dando cuenta de la acusación que ha hecho la fundación Defendamos la Ciudad en orden a que el artículo 5º de esa ley es un simple perdonazo para diversos proyectos inmobiliarios cuestionados a través del tiempo por la Contraloría General de la República. Esta legislación empezará a operar en 6 meses más y el artículo 5º cuestionado no tiene nada que ver con el espíritu y texto de la ley, a la que le pusieron la vendedora palabra “transparencia”.
Para tal propósito un par de periodistas de ese medio de prensa entrevistaron a 4 personas : al abogado inmobiliario James Channing del estudio jurídico Morales & Besa, al competente e informado arquitecto Guillermo Condemarín, a este columnista y a Enrique Rajevic, abogado asesor del Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu), quien había sido propuesto por el gobierno de Bachelet para que fuera nominado por el Senado como Contralor General de la República, lo que finalmente no fue posible.
Quien escribe esta columna insistió en su denuncia, en cuanto a que el artículo 5º de esta ley que fue “cocinada” a última hora en el Senado, tenía como único objetivo establecer un escabroso blanqueo, recordemos que consagra la retroactividad, a unos cuantos titulares de permisos de edificación que ya habían sido declarados como contrarios a derecho por la Contraloría.
El abogado Channing planteó que le parecía bien la ley pero que, con su implementación, se encarecerán los costos de la actividad de la construcción, teniéndose en cuenta las atribuciones que se le entregan al Servicio de Impuestos Internos (SII) para que valorice los cambios normativos en los terrenos que generarán plusvalías para sus propietarios. El arquitecto Condemarín, como buen conocedor de la regulación urbanística nacional, se explayó sobre los futuros reavalúos de los inmuebles cuando sus dueños los enajenan y dio cuenta de los beneficios constructivos insertos en los planes reguladores comunales, objetados por la Contraloría y que ahora, con esta ley, serán aplicables según lo decidan las distintas municipalidades del país.
Quien escribe esta columna insistió en su denuncia, en cuanto a que el artículo 5º de esta ley que fue “cocinada” a última hora en el Senado, tenía como único objetivo establecer un escabroso blanqueo, recordemos que consagra la retroactividad, a unos cuantos titulares de permisos de edificación que ya habían sido declarados como contrarios a derecho por la Contraloría. Últimamente hemos conocido la tramitación de la ley en el Congreso Nacional y con pavor hemos comprobado el resultado, utilizándose para ello el sistema electrónico, de la votación en la Cámara de Diputados : a favor 94 votos, abstenciones 5 votos y una inhabilitación y ¡oh sorpresa! nadie votó en contra.
Todos aquellos diputados que posan de progresistas o revolucionarios, como los jóvenes del Frente Amplio y los disciplinados del Partido Comunista, quienes todavía integran la denominada y venida a menos Nueva Mayoría, obedecieron como corderitos la instrucción del gobierno de Bachelet para que aprobaran sin chistar la ley en su conjunto, es decir, con dicho artículo 5º introducido de contrabando, vía indicación presidencial, en la misma.
Para los lectores que deseen conocer el texto de la ley recién publicada y una minuta descriptiva, en la cual se demuestra que ni los senadores ni menos los diputados que la aprobaron, pudieron conocer el trasfondo del artículo 5º que el gobierno utilizó para el perdonazo de los permisos de edificación declarados ilegales por la Contraloría.
Tenemos conocimiento que avezados lobbystas de la plaza hicieron muy bien la pega encomendada por sus mandantes en el Senado y estamos ciertos de que si los diputados se hubieran informado oportunamente del fin perseguido por ese malicioso artículo, una gran mayoría de ellos lo hubieran rechazado de plano con sólidos argumentos.
La Segunda, en la entrevista, le dio bastante espacio al abogado Rajevic para que justificara la posición del gobierno, quien en un destacado y coloreado recuadro señaló “lo que hace el artículo 5º es reconocer que los municipios pueden aplicar los incentivos de sus planes reguladores” y en una expresión para el bronce tuvo el descaro de manifestar que el problema surgió cuando en el año 2009 la Contraloría cambió de criterio (sic) y comenzó a objetar los incentivos incluidos en los planes reguladores.
En esta columna le aseguramos al representante del Minvu que la Contraloría nunca ha cambiado de criterio sobre este asunto puntual y lo que sucede es que desde el año indicado por el abogado la Contraloría ha emitido 16 categóricos dictámenes dirigidos a igual número de municipalidades que habían incorporado esas regalías en sus planes reguladores, expresándoles que debían eliminarlos.
No todas esas municipalidades, al amparo de los incentivos cuestionados, cursaron permisos de edificación ello porque sabían que los dictámenes del ente fiscalizador les son vinculantes, pero las de Santiago, Huechuraba y Las Condes, por nombrar a algunas, desobedeciendo esas resoluciones de una institución de mayor jerarquía, creyéndose por lo tanto autónomas, sí cursaron unos cuantos permisos de edificación con los famosos e ilícitos incentivos.
Y el 19/02/18 la ministra del Minvu, Paulina Saball, publicó una carta en ese medio refiriéndose al reportaje que hemos aludido, asegurando que las objeciones planteadas por la Contraloría a los planes reguladores comunales que habían incorporados esos incentivos eran solo de carácter formal (?), luego, al igual que Rajevic, reduciendo la gravedad de lo resuelto por la Contraloría.
En resumen:
1.- el gobierno a través del Minvu, aprovechando la candidez de los diputados, eliminó unos cuantos dictámenes de la Contraloría para, servilmente favorecer a influyentes actores del mercado inmobiliario con la gentileza contenida en ese artículo 5º. Pero cabe la remota posibilidad de que después del 11 de marzo próximo los nuevos diputados que llegarán con bríos de honestidad, exijan la exclusión del malicioso artículo de marras, teniéndose en cuenta que el resto de la ley es necesaria para el país.
2.- el abogado Rajevic engaña al asegurar que la Contraloría había cambiado de opinión sobre esta materia, con el agravante de que los lectores de ese diario tienen que haber creído tal posverdad y la ministra Saball no tiene la razón cuando afirma que los dictámenes de la Contraloría tenían una connotación meramente formal. No es así, todos esos dictámenes iban al fondo del asunto, conforme lo expresamos oportunamente en Ciperchile.
3.- con la reciente publicación en el Diario Oficial de esta ley, todos los actores inmobiliarios que obtuvieron permisos cuestionados ahora están felices de la vida, a sabiendas que en el actual Chile plutocrático opera en plenitud la impunidad a todo evento para aquellos agentes públicos y actores privados que ejercen el mando en la generación de las leyes y sus reglamentos.