11 Junio 2013

Kidzania en Parque Araucano objetado por la Contraloría

Columna de opinión de Patricio Herman de Defendamos la Ciudad publicada en Estrategia 11 de junio 2013.

La Superintendencia deberá investigar la razón por la cual este equipamiento comercial fue ingresado al SEIA con posterioridad al inicio de las obras. Tomamos conocimiento del dictamen 28462 del 08/05/13 emitido por el órgano fiscalizador y no nos extrañó que, entre otras cosas, haya expresado que el proyecto ya en operación presenta diferencias significativas respecto de aquel originalmente concebido, fundamentalmente en relación con los recintos destinados a parque acuático. 

Recordemos que varias juntas de vecinos de Las Condes y nuestra Fundación, conocedores de cómo se gestó el negocio y entendidos en las normas urbanas y ambientales, desde hace 2 años habían objetado en distintas instancias la forma en que se llevó a cabo la licitación del área verde y la posterior adjudicación de la concesión a un privado que le paga anualmente una suma irrisoria a la Municipalidad por el uso del terreno adscrito a una regulación restrictiva en la Ordenanza del Plan Regulador Metropolitano de Santiago (PRMS).

La Contraloría tomó la decisión de instruir un “proceso disciplinario” en la Municipalidad de Las Condes y la Superintendencia del Medio Ambiente –a nuestro requerimiento- deberá investigar cuál fue la razón por la cual el titular de este equipamiento comercial lo ingresó al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) con posterioridad al inicio de las obras, en circunstancias que no se pueden iniciar las faenas si no se cuenta con una Resolución de Calificación Favorable del órgano competente. 

La concesionaria se conformó con una extemporánea Declaración de Impacto Ambiental (DIA), a pesar de que se alteró significativamente, en términos de magnitud y duración, el valor paisajístico y natural de este parque intercomunal.

Por lo anterior, el concesionario debió haber elaborado un completo Estudio de Impacto Ambiental (EIA), procedimiento que le habría permitido a los interesados de la comunidad formular sus legítimas observaciones a esa invasiva intervención que tiene una carga de ocupación superior a las 5.000 personas, según quedó establecido en el Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano (EISTU).



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