13 Enero 2012

Dunas

Columna de opinión de Jorge Arrate Exministro de Educación, publicada en El Mostrador el 13 de enero 2012.

En 1993, en mi condición de ministro de Educación, firmé el decreto propuesto por el Consejo de Monumentos Nacionales (CMN) que declaró Santuario de la Naturaleza 44 hectáreas de dunas en las comunas de Concón y Viña del Mar. Poco tiempo después el Instituto de Normalización Previsional (INP, hoy IPS) me planteó a través de sus directivos que existía una hipoteca sobre el territorio dunar destinada a resguardar una cuantiosa deuda previsional más sus intereses. Esta deuda constaba en un convenio suscrito en la década de los ochenta, durante la dictadura, entre el INP y la empresa RECONSA, dueña del territorio dunar. Por su parte RECONSA me expuso por escrito argumentos contrarios al decreto. Hice llegar la comunicación de RECONSA al INP, a fin de conocer formalmente la opinión de ese servicio público respecto de su planteamiento y en particular respecto a la hipoteca mencionada, que era desconocida por mí y demás autoridades del Ministerio de Educación y del gobierno al momento de suscribir el decreto que estableció el Santuario. He rescatado de mi archivo personal y he hecho públicos dos oficios que me fueran enviados por el Director Titular y el Director Subrogante del INP en respuesta a mi requerimiento. En ellos se sostiene que el decreto dictado causaba “una grave lesión a los intereses del Instituto y por ende, al interés fiscal, ya que priva a este organismo de la posibilidad de recuperar el crédito objeto de este informe”. Luego de formular consultas, como correspondía, con el entonces ministro de la Presidencia Edgardo Boenninger y con juristas de ambos ministerios, convinimos que el decreto debía ser derogado a fin de permitir la búsqueda de una fórmula que permitiera constituir el Santuario y al mismo tiempo recoger la objeción del INP y prevenir el daño fiscal alegado. Efectivamente, con participación del Consejo de Monumentos Nacionales, el INP y la empresa RECONSA, se configuró en los meses siguientes un acuerdo para crear el Santuario de la Naturaleza sobre una extensión de 12 hectáreas de dunas, la mayoría de ellas en la comuna de Concón y una fracción menor en la de Viña del Mar. Este acuerdo fue aprobado por mayoría de votos por el CMN. El posterior decreto, suscrito en marzo de 1994, pocos días antes del término del mandato del presidente Patricio Aylwin y, por lo tanto, del fin de mi responsabilidad como ministro de Educación, estableció la base del actual Santuario de la Naturaleza y entró en vigencia en mayo de ese año al ser publicado por el gobierno siguiente en el Diario Oficial. No existe en nuestro país una adecuada separación entre la actividad pública y la privada, de modo que las funciones en el Estado son, tan pronto se deja de ejercerlas, puestas en valor en el mercado de los directorios o de los cargos ejecutivos de grandes empresas. En fin, uno pudiera decir que no hay entonces exageración en sospechar. Es posible, pero aun así no es suficiente. La sospecha no constituye prueba ni basta para poner en cuestión la honorabilidad de las personas.Se ha puesto en duda la veracidad de las afirmaciones del INP sobre el impacto que la declaración de Santuario provocaba en el valor de su hipoteca. En el propio CMN uno de sus integrantes, el abogado Pedro Pierry, profesor de derecho administrativo, formuló su propio análisis. He sostenido y sostengo que actué como debía, para resguardar el interés fiscal, obligación básica de todo funcionario público, y al mismo tiempo mantener el propósito de proteger el patrimonio natural. Como ministro de Educación no me correspondía sino aceptar como válidas las observaciones que se me formulaban desde la más importante institución pública autónoma de la época, el INP, respaldadas por su equipo jurídico y financiero y bajo la firma de sus máximos dirigentes. La evaluación de la hipoteca no era del ámbito de mi Ministerio, que no tenía atribuciones ni competencia técnica para pronunciarse, y yo no tenía razones para poner en duda el informe de directivos del más alto nivel, funcionarios de la exclusiva confianza del Presidente de la República. El análisis que a título personal elaboró el abogado Pierry no era necesariamente el correcto, por más honesto que fuera su propósito. Como en todas las cuestiones de este tipo podía haber opiniones distintas y en este caso era indiscutible que mi deber era considerar la elaborada por el INP, acreedor de RECONSA y titular de una hipoteca que se había aceptado y constituido sobre la base de condiciones que el decreto dictado por mí modificada en perjuicio del acreedor. En todo caso, esta es una materia relativamente fácil de dirimir para quien sospeche que en este caso tanto yo como otras autoridades de gobierno fuimos intencionalmente inducidas a un error: el informe de Pedro Pierry está disponible y deben estarlo, en los archivos, los informes del propio INP. Han pasado diecinueve años, pero el punto puede investigarse. Aparte de estos hechos hay varias materias relacionadas con las dunas de Concón que no aparecen consignadas en los informes periodísticos o en las columnas de opinión que circulan. Una materia es el juicio que el INP inició contra la empresa RECONSA a comienzos de la década del 2000. Efectivamente, la directora del INP de la época me ubicó telefónicamente para preguntarme si estaría disponible para declarar como testigo fiscal en el juicio en que su institución cobraba la deuda y sus intereses a RECONSA. De inmediato, de acuerdo a mi postura de defensa del interés fiscal, di mi asentimiento, testimonié en ese juicio en contra de RECONSA y declaré lo que sabía: que nunca había tenido conocimiento de una supuesta condonación de intereses invocada por RECONSA a fin de limitar la deuda sólo al monto de las cotizaciones adeudadas. ¿Qué ocurrió con ese juicio? No lo sé, pero sin duda sería interesante conocer su curso y resultados. Los materiales deben hallarse en el Archivo Judicial y en el propio INP. Al mismo tiempo, sería sano que la opinión pública sepa si la deuda de RECONSA fue o no pagada y si la hipoteca a favor del INP que afectaba al territorio dunar se extinguió o no. Si se hubiera levantado no existirían razones valederas para no reponer el decreto que dicté en 1993 y establecer el campo dunar de 44 hectáreas, como fue el acuerdo original del CMN y mi intención como ministro de Educación. Por mis lecturas de la prensa y, en estas últimas horas, de las actas del Consejo de Monumentos Nacionales he conocido aspectos que ignoraba. El campo dunar se amplió en 2006, al convertir en decreto un acuerdo entre RECONSA, el Municipio de Concón y la Intendencia de la Región de Valparaíso, celebrado en 2005, y alcanzó 19,5 hectáreas. No he podido hallar el texto de ese acuerdo y la identidad de quienes lo suscribieron. A primera vista es un aumento de la superficie protegida y eso debiera celebrarse. Sin embargo, surgen algunas preguntas. ¿Por qué en este acuerdo no participó el INP? Pudiera ser que a esas alturas la deuda estuviese pagada y la hipoteca ya no existiera. Pero, si así era, ¿por qué el Municipio de Concón redujo entonces su demanda de 44 hectáreas a 19.5? La lectura atenta del acuerdo del Consejo de Monumentos Nacionales, de junio de 2006, aprobado con tres abstenciones, me indica que la operación fue más compleja: se declararon 19,5 hectáreas como Santuario pero al mismo tiempo se “desafectaron” las 9,5 hectáreas correspondientes a la comuna de Concón declaradas Santuario en el decreto que firmé en 1994. Es decir se cambió el territorio completo del campo dunar protegido en la comuna de Concón. Dicho de otro modo, hubo 9,5 hectáreas que fueron por doce años Santuario de la Naturaleza y luego dejaron de serlo. En el acta del Consejo se señala que con este acuerdo quedaba protegida un área más interesante que la primitiva. Es decir, se hizo un trueque de 9,5 por 19,5 hectáreas distintas. La pregunta que surge es ¿qué implicancias tuvo este cambio para las distintas partes involucradas? ¿Se equivocó el Consejo cuando adoptó el acuerdo a favor de las 44 hectáreas o quizá se equivocó en la negociación por las 12 hectáreas que más tarde, el año 2006, pasaron a considerarse de menor interés? Formulo estas cuestiones sin prejuicio, tan solo con la aspiración de que se conozca la historia completa. No tengo una versión propia que me permita responderlas o formular alguna hipótesis de respuesta. La sospecha no me basta para afirmar nada. Pienso, sin embargo, que así como he expuesto mi punto de vista los otros actores involucrados debieran hacerlo y responder a las cuestiones aquí planteadas. El destacado activista medioambiental Patricio Herman ha señalado que en 1993 y 1994 fui “sobrepasado” y debí por esa razón obrar como lo hice. Estoy agradecido de la consideración con que me trata, que entiendo sincera, y de la forma como me aparta del conjunto de intereses económicos y su tejido político que, según él sostiene, serían en último término los responsables de lo ocurrido. En un sentido, hace bien. No he participado nunca de conjunciones político-económicas, soy totalmente ajeno al mundo de los negocios, no poseo acciones de sociedades anónimas lucrativas, no he sido ni aceptado ser miembro de directorios de empresas, ni tuve mientras era alto funcionario público deudas directas o indirectas con el Estado. Ahora, si bien no me corresponde dar respuestas por otros actores, reitero que la sospecha no es suficiente, por sencillo que sea sembrarla, para configurar una verdad. En Chile falta mucha transparencia en la actividad pública y la política ha sido progresivamente invadida por las ideas de mercado y el poder del dinero. Los lobistas circulan libremente por los partidos políticos, las dependencias públicas y las empresas privadas. La colusión es pan de cada día en una economía cada vez más concentrada. No existe en nuestro país una adecuada separación entre la actividad pública y la privada, de modo que las funciones en el Estado son, tan pronto se deja de ejercerlas, puestas en valor en el mercado de los directorios o de los cargos ejecutivos de grandes empresas. En fin, uno pudiera decir que no hay entonces exageración en sospechar. Es posible, pero aun así no es suficiente. La sospecha no constituye prueba ni basta para poner en cuestión la honorabilidad de las personas. En un sentido, dije. En otro, pensar, de buena fe, que fui “sobrepasado” es equivocado. Actué siempre con la convicción de que representaba al Estado y su interés general y económico. Por eso acogí las alegaciones del INP, declaré en tribunales contra RECONSA, expliqué y vuelvo a explicar mis actos sin buscar subterfugios y sostengo que, a menos que haya buenas razones de parte del Consejo de Monumentos Nacionales, el Santuario de 44 hectáreas debe reconstituirse si ya no existen los impedimentos que hubo en la época en que fui ministro. Por una convicción de defensa del interés público y de preminencia de él por sobre el privado, cuando dejé el Ministerio de Educación había en Concón un Santuario de la Naturaleza de 12 hectáreas, sin costo fiscal, aunque esas mismas hectáreas no sean hoy consideradas Santuario, por razones que desconozco y que otras personas deben explicar.



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