26 Noviembre 2010

Construcciones con arcos

Carta al director de Patricio Herman de la Fundación Defendamos la Ciudad, publicada en diario La Nación el 26 de noviembre de 2010.

Carta al director de Patricio Herman de la Fundación Defendamos la Ciudad, publicada en diario La Nación el 26 de noviembre de 2010. En el diario La Tercera se han publicado cartas de los arquitectos Cristián Boza, Héctor Valdés y Sebastián Gray, sobre una mole con arco que ha proyectado el primero en la intersección de dos avenidas en la comuna de Vitacura. Los arquitectos Valdés y Gray se oponen al novedoso e invasivo proyecto inmobiliario de Boza que, para ejecutarse, necesariamente se deberían modificar varias normas urbanísticas no solo en la comuna de Vitacura sino también en la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC). Ahora bien, en razón a que esta voluminosa edificación contempla un arco sobre bienes nacionales de uso público, el viernes pasado le consultamos a Javier Wood, jefe de la División de Desarrollo Urbano del Minvu, si sería posible la edificación de esa mole, teniéndose en cuenta que más adelante otros tantos inversionistas con arquitectos prime quisieran construir de la misma manera, con lo cual se modificarían las vistas aéreas de la ciudad. Esa autoridad sectorial nos contestó que la propia OGUC dice: “Se podrá autorizar una construcción que comunique inmuebles que se enfrenten en ambos costados sobre una vía pública, previa concesión otorgada por la Municipalidad correspondiente, siempre que con ello no se afecte negativamente las condiciones físicas y ambientales del entorno, según lo defina el Plan Regulador Comunal o el Plan Seccional, cumpliendo además los siguientes requisitos técnicos: 1.- Que la altura libre bajo la construcción, en ninguno de sus puntos, sea inferior a 4,50 m. 2.- Que la construcción no consulte apoyos intermedios en el espacio público, salvo que para dichos apoyos se cuente con una concesión de la Municipalidad. 3.- Que no se exceda el máximo del espacio público que el Plan Regulador Comunal o Plan Seccional permite cubrir. En ausencia de éstos, el ancho de la conexión no podrá sobrepasar el 50% de la distancia entre las líneas oficiales de ambos predios”. En la calle Bandera, segunda cuadra, existe una comunicación aérea ejecutada por el Banco Santander, pero sólo se utiliza como medio de circulación de las personas. Ergo, estimamos que el prototipo idealista de Boza es impracticable, salvo que la institucionalidad modifique toda la reglamentación urbana para que este mediático arquitecto se salga con la suya.



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