16 Junio 2009

Permisos de Edificación

Columna de opinión de Patricio Herman de la Fundación Defendamos la Ciudad, publicada en diario Estrategia el 16 de junio de 2009.

Columna de opinión de Patricio Herman de la Fundación Defendamos la Ciudad, publicada en diario Estrategia el 16 de junio de 2009. Estos permisos tienen una validez de 3 años y si el titular del mismo, sólo con haber efectuado los trazados de la obra y haber comenzado las excavaciones de la misma antes del vencimiento de ese plazo, lo mantiene vigente indefinidamente sin necesidad de continuar la construcción. Aunque no es necesario, con anterioridad a la solicitud de estos permisos, es práctica habitual requerir la aprobación de un anteproyecto el cual otorga derechos a su poseedor por ciertos periodos. Cuando en las comunas se modifican las reglas del juego urbanístico, transformándolas en más permisivas, cada titular de proyecto que ya cuente con un permiso tiene la libertad de acogerse a las nuevas normas y cuando esos cambios son más restrictivos, la legislación le otorga atribuciones a los alcaldes para que decreten congelamientos en los ingresos de solicitudes de permisos, ello con el propósito que no se desvirtúen las nuevas normas que se establecen en los Planes Reguladores Comunales (PRC). Ahora bien, las normas contenidas en los anteproyectos aprobados, existiendo cambios en los PRC que las limitan, se pueden mantener en los permisos de edificación definitivos siempre y cuando estos sean autorizados por los directores de obras municipales dentro de los 6 y 12 meses posteriores a la fecha de la aprobación del anteproyecto. La regla general es 6 meses y 12 meses, si : 1) los proyectos se emplazan en superficies de terrenos superiores a 5 hectáreas, 2) la construcción total del edificio sea superior a 10.000 m2 y 3) si los anteproyectos necesitan el pronunciamiento de otra repartición pública para obtener el permiso de edificación. Si los alcaldes hubieran decretado el congelamiento de ingresos de solicitudes de permisos de edificación, esa postergación no afecta su tramitación ni tampoco a los anteproyectos aprobados mientras mantengan su vigencia. Dado que algunos agentes públicos han interpretado equivocadamente el marco regulatorio, al sostener que los plazos fijos de 6 y 12 meses aludidos se podrían ampliar, le hemos solicitado formalmente al Minvu que emita una Circular aclaratoria dirigida a todas las direcciones de obras del país para que la ley se cumpla en forma pareja y a cabalidad.



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