Columna de Patricio Herman, publicada en El Mostrador, 4 de julio de 2007. Desde el 3 de marzo de 2006 se está construyendo en el cuadrante de 4,2 hectáreas, conformado por las calles Andrés Bello, Vitacura, Los Leones y Nueva Tajamar, comuna de Providencia, el megaproyecto inmobiliario “Costanera Center”, consistente en un mall que albergará al hipermercado más grande del país y 4 torres, la principal de 62 pisos en 320 m. de altura, la más alta del hemisferio sur, según dicen los entendidos, con un total de 694.424 m2, de los cuales ya se han edificado 130.000 m2. Esta importante inversión privada es del orden de los US$ 470 millones y desde el año 1991, con un Plan Seccional elaborado por el Minvu, se empezó a hablar de esta magnífica, colosal y polémica obra de construcción. Se dice que, entre cosas, habrá 7.000 estacionamientos en superficie y bajo tierra, aunque se redujeron a 4.500, 12 salas de cine, un centro médico, un hotel 8 estrellas, cientos de lugares para comer, beber y bailar hasta avanzada la noche y el degradado Metro consentirá en extender su línea 4 hasta ese maravilloso centro de diversión y shopping. A fines del 2008, los santiaguinos y turistas tendrán la oportunidad de disfrutar de sus elegantes instalaciones. Como sabíamos que no existía un permiso de edificación, por la envergadura del proyecto anunciado urbi et orbe, a mediados del año 2006 hicimos la denuncia de rigor ante la Contraloría General de la República con el propósito de que aclarara el caso y como se había armado una polémica, el alcalde de esa comuna tranquilizó a los agentes del mercado asegurando que el proyecto tenía todos los permisos en regla. Y dado que La Nación había publicado un gracioso reportaje alusivo a las profundas excavaciones del hoyo, dicho alcalde -muy enojado- presentó acciones judiciales en contra del representante legal del diario, pidiendo una indemnización de mil millones de pesos, la que finalmente y como era lógico, no prosperó. El 18 de junio de 2007, la Contraloría General confirma nuestra acusación, dictaminando que en base a un permiso de anteproyecto del 2006, acto administrativo que no autoriza el inicio de faenas, se están levantando las obras y que éstas “no están respaldadas por un permiso de edificación”, tal como lo ordena la Ley y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Es decir, suponemos que el dueño de Cencosud estaba apurado en comenzar su construcción y como sabía que podría ser mal visto, por quienes mandan en Chile, que la administración municipal le pusiera trabas burocráticas a su gravitante inversión, decidió partir sin adscribirse a las “formalidades" que impone el marco regulatorio: al magno acontecimiento de colocación de la primera piedra invitó al Presidente Ricardo Lagos, quien dejaba su cargo en los días siguientes. Fue una hermosa fiesta de mediodía y todos los chilenos tomaron conocimiento de esa imponente inauguración porque los canales de TV cumplieron a cabalidad su cometido difusor. Los medios de prensa escrita publicaron las noticias sobre este ícono en la ciudad y la felicidad reinaba. Con respecto a la ausencia del “molesto” permiso, no sabemos qué le dijo el director de Obras de Providencia a su alcalde, pero sí está claro que ambos sustentaban la teoría de que el inicio de obras estaba amparado en permisos del año 2000 que ampliaron los del año 1991, teniéndose en cuenta que la desagradable e inoportuna Ley de Urbanismo y Construcciones, expresa que este tipo de permisos caducan a los 3 años. En todo caso debemos tener en cuenta que el proyecto cuenta con la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) Nº 537 del 27 de Septiembre de 2001, correspondiente a la “Declaración de Impacto Ambiental” del permiso para ampliar y alterar Nº 391-A/00 del 3 de Octubre de 2000, en donde se contempla una construcción total de 491.794 m2 y en uno de sus considerandos se le exige al titular del proyecto que debe paralizar las faenas de construcción en los períodos de preemergencia y emergencia ambiental y cuando se declare la alerta ambiental, se le obliga a reforzar las medidas orientadas a controlar el material particulado. Pero como en Chile nadie fiscaliza, lo más seguro es que con ocasión de las últimas preemergencias ambientales lo anterior no se cumplió. Pero dentro de las curiosidades e incoherencias que observamos, vemos que en esa antigua RCA del año 2001 se decía que el proyecto consideraba una construcción total de 528.000 m2 y que se iba a materializar en 20 meses. Además, se establecía que tal actividad productiva generaba impactos ambientales sobre el aire, suelo, agua y vialidad adyacente. Es decir, la débil institucionalidad ambiental aceptó una simple “Declaración”, en lugar de haberle exigido al titular del proyecto, como lo manda el artículo 11º de la Ley N º 11.300, la elaboración de un completo “Estudio”, más todavía si sabemos que esa intervención en la ciudad se localiza en el sector urbano donde los flujos viales están más congestionados. El 5 de enero de 2007, es decir, 10 meses después de iniciadas las obras, Costanera Center ingresó al Sistema de Evaluación que coordina la Conama, una nueva Declaración de Impacto Ambiental que considera una inversión de 130 millones de dólares adicionales a los contemplados originalmente, la cual todavía se está tramitando en los servicios públicos. La Contraloría General finalizó señalando que “el otorgamiento del permiso correspondiente al nuevo anteproyecto constituye la instancia oportuna para que se regularicen aquellas situaciones que actualmente no se adecuen al ordenamiento jurídico, como acontecería con la clasificación de los estacionamientos previstos en la obra y con los estudios de impacto vial y ambiental” (sic) y para ello le dio un plazo de 10 días a ese municipio para que le informara documentalmente. Pero, utilizando la extrema habilidad que nos tiene acostumbrado el alcalde Labbé, éste apareció afirmado por la prensa que el díscolo permiso de edificación ya lo había otorgado el Director de Obras con fecha 30 de Marzo de 2007, acto administrativo de pleno conocimiento público que no ha sido posible conocerlo porque la Municipalidad de Providencia lo considera como estratégico y de carácter reservado. ¿No decían los políticos que se había terminado el secretismo en Chile? ¿En qué quedamos? Luego, las autoridades locales dicen que hay un permiso de edificación Nº 71/A que la Contraloría General desconocía y que se mantiene guardado bajo 7 llaves en las dependencias de la espléndida y bien mantenida Casa Consistorial de la Av. Pedro de Valdivia. Ello, a pesar de que la tramitación de la adenda ambiental aún no termina y en circunstancias que el artículo 8º de esa legislación ordena que “los proyectos o actividades señalados en el artículo 10 sólo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental” y este interesante proyecto inició su ejecución el 3 de marzo de 2006, es decir, hace 15 meses atrás. Después de lo relatado, sólo queda sonreírse, ya que en nuestro país las cosas se seguirán haciendo así de mal y, por ello, sería altamente acertado derogar todas las legislaciones que entraben el crecimiento económico. Lo anterior sería preferible a tener sesudos cuerpos normativos que no sirven de nada en la hora de las decisiones. __________ Patricio Herman P. Fundación “Defendamos la Ciudad”
04 Julio 2007
Los permisos de Costanera Center
Columna de Patricio Herman, publicada en El Mostrador, 4 de julio de 2007.
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Patricio Herman
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