Columna de opinión de Patricio Herman, publicada en el Diario Financiero el 29 de junio de 2007. Pese a que todo está normado, se hace necesario sistematizar en un solo cuerpo legal las reglas del juego La normativa se encuentra en la Ley y Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, en la Ley Nº 19.880 del Procedimiento Administrativo y en la Ley Nº 19.878 de la Publicidad para los Permisos de Edificación. Las tramitaciones de las solicitudes de permisos de anteproyectos y de permisos definitivos tienen plazos acotados en la ordenanza para que los directores de obras municipales se pronuncien, rechazándolos porque merecen observaciones o bien aprobándolos. Otros cuerpos normativos son los planos reguladores intercomunales y los comunales, que se refieren a los usos de suelo y condiciones de edificación para los distintos sectores de la ciudad. Cuando un titular de un proyecto inmobiliario está en desacuerdo con el comportamiento de un director de obras, tiene que recurrir donde el seremi de Vivienda y Urbanismo y si tiene la razón en su reclamo la autoridad central conmina a la autoridad local para que proceda de acuerdo a sus instrucciones. Reconocemos que existe desinformación generalizada y mucha discrecionalidad, porque para algunos se amplían las condiciones establecidas en el Certificado de Informaciones Previas de un terreno, primer trámite que se hace en la oficina técnica municipal y en ocasiones se aflojan las normas del permiso de edificación y dan más de lo autorizado en la primera revisión municipal como consecuencia del manejo asimétrico de la información. Tal como lo manifestamos con el diputado y arquitecto Patricio Hales en una ocasión pasada, quien maneja la potestad normativa puede aumentar la superficie a construir, agranda el suelo a ocupar, rebaja los derechos municipales, hace crecer un terreno hacia bienes de uso público, disminuye la obligación de estacionamientos, amplía o cambia las actividades permitidas, aumenta las capacidades comerciales, crece en altura y puede vender ofreciendo ventajas tributarias : es decir, quien conoce la hoja de ruta de los oscuros caminos tiene la varita del Rey Midas. Por lo tanto, a pesar de que todo está normado, se hace necesario sistematizar en un solo cuerpo legal las reglas del juego para que así todos los actores compitan en igualdad de condiciones. Refundiendo las normas ganará el sector, la correcta asignación de recursos y por extensión la ciudad.
29 Junio 2007
Normativa urbana
Columna de opinión de Patricio Herman, publicada en el Diario Financiero el 29 de junio de 2007.
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Patricio Herman
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