16 Junio 2009

Permisos de Edificación

Columna de opinión de Patricio Herman de la Fundación Defendamos la Ciudad, publicada en diario Estrategia el 16 de junio de 2009.

Carta enviada por Patricio Herman de la Agrupación Defendamos la Ciudad, a la sección cartas al director del diario La Tercera, publicada el 22 de agosto de 2006. Sr. Director: Los señores inmobiliarios Muñoz y Domínguez insisten en que la Contraloría General de la República no debe analizar la legalidad de los actos administrativos de los funcionarios públicos, reiterando que los conflictos urbano-ambientales se tienen que resolver sólo en los tribunales de justicia. Estamos en total desacuerdo con esa acomodaticia posición porque la Constitución Política de la República le entrega atribuciones plenas de fiscalización a la Contraloría, las que no se contraponen con los fallos de los tribunales superiores de justicia porque las sentencias de éstos tienen preeminencia. En todo caso debemos tener presente que en varias ocasiones tales fallos han compartido el criterio jurídico del ente contralor. Ahora bien, para evitar la colusión pública-privada, lacra que estamos observando recurrentemente, la Ley Nº 19.880 que regula los procedimientos administrativos -producto de la Agenda Pro Crecimiento- establece que los permisos son impugnables en la propia administración y en el ámbito jurisdiccional y para tal propósito se determinó que los actos viciados se pueden anular en la administación en el plazo de 2 años a partir de su vigencia. Es decir, para que las instituciones funcionen, lo más sano es que los actores económicos sin excepción se ciñan a las reglas del juego parejas para todos y si así fuera estamos seguros que ni la Contraloría ni los tribunales de justicia tendrían que estar revisando permisos mal otorgados. Atte, Patricio Herman Agrupación "Defendamos la Ciudad"



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