03 Septiembre 2009

Fallo Judicial Sobre el Premval

Columna de opinión de Patricio Herman de la Fundación Defendamos la Ciudad publicada en diario Estrategia el 03 de septiembre de 2009.

Columna de opinión de Patricio Herman de la Fundación Defendamos la Ciudad publicada en diario Estrategia el 03 de septiembre de 2009. El martes 25 de agosto, en fallo dividido, la Corte Suprema estableció que no debía reingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) el proyecto que modificaba el Plan Metropolitano de Valparaíso (Premval). Leyendo la sentencia, que revocó una anterior de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, nos llamó profundamente la atención el tenor del considerando quinto que dice textualmente: “Que tampoco es posible inferir del análisis de los antecedentes reunidos que los cambios que se efectuaron al proyecto de modificación del Plan Regulador atenten contra la garantía invocada, ni quedó demostrada la existencia de actos aptos para causar el daño ambiental en que se sustenta el recurso. En efecto, sean o no de consideración tales modificaciones, no se acreditó que ocasionaran la trasgresión del derecho cuya tutela se solicita". Por lo anterior, formulamos la consulta correspondiente a Luis Mariano Rendón, abogado, académico y una de las personas más versadas en la aplicación de la Ley de Bases del Medio Ambiente (LBMA), enseguida revisamos el punto con el abogado Juan Carlos Palma, profesional que, con su acción judicial, paralizó la planta termoeléctrica Campiche. El abogado Rendón señala que ese considerando quinto contiene un lamentable error, criterio que compartimos porque revisamos la Ley. En efecto, se desconoce que es la propia LBMA la que establece que los planes de ordenamiento territorial, y por supuesto sus modificaciones, según el encabezado de su artículo 10º, son "susceptibles de causar impacto ambiental". De ahí precisamente que las obligue a someterse al SEIA. Por lo tanto, la Corte ni siquiera podría admitir prueba en contrario, mucho menos exigir que se pruebe que ese tipo de planes puede causar impacto ambiental. Pero el tema ya está zanjado judicialmente y la última palabra con la validada Resolución de Calificación Ambiental de la Corema la tiene ahora la Contraloría de la V Región y si los movimientos ciudadanos porteños insisten, está abierta la puerta para que recurran con una acción de nulidad de derecho público, trámite largo, caro, engorroso e incierto.



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