20 Septiembre 2007

En riesgo función de la Contraloría

Columna de Patricio Herman, publicada en La Nación, 20 de septiembre de 2007-. Si continúan estos fallos, entendemos que el contralor general le pedirá al Senado que analice la situación, porque, de una u otra manera, estamos ante una contienda de competencia.

Columna de Patricio Herman, publicada en La Nación, 20 de septiembr de 2007. Si continúan estos fallos, entendemos que el contralor general le pedirá al Senado que analice la situación, porque, de una u otra manera, estamos ante una contienda de competencia. Sobre la base del número 14 del artículo 19 de la Constitución, en noviembre de 2006 nuestra fundación le formuló al presidente de la Corte Suprema, Enrique Tapia, una consulta sobre las atribuciones que tiene la Contraloría. Observábamos con extrañeza que en sus fallos de entonces el máximo tribunal acogió recursos de protección de particulares en los cuales quedaba establecido que el ente fiscalizador de los actos administrativos carecería de competencia para pronunciarse sobre el fondo de estos asuntos, un criterio extraño, que no está respaldado ni en la Carta Fundamental ni en ley alguna. Como no recibíamos respuesta y aunque esta autoridad no tiene obligación de contestar, el 7 de septiembre, con la abogada Sara Navas (nuestra presidenta honoraria) nos dirigimos de nuevo al magistrado haciéndole notar los cinco dictámenes anulados por la Corte Suprema, todos en referencia a materias urbano-ambientales, siendo que antes los fallos apoyaban las decisiones del ente contralor. Con las nuevas sentencias, los tribunales han relegado -posiblemente sin medir las nefastas consecuencias- a la Contraloría a que sea una mera caja-buzón timbradora, porque se aduce que sólo se puede avocar a la forma de los permisos, una suposición que unos abogados han patrocinado en cinco casos. Nos preocupa esta situación, porque ha sido la misma sala de la Corte de Apelaciones de Santiago la que ya ha estado fallando en primera instancia en favor de cinco privados distintos en virtud de la misma idea. Por ello, hemos planteado al ministro Tapia que algo se debe hacer. Le dijimos que bajo ningún punto de vista nosotros pretendíamos que los fallos pasados se revisaran, pero sí deseábamos que el asunto se llevara al pleno, de manera que sus integrantes resolvieran con ponderación y sapiencia, a fin de volver a la normalidad institucional. Se ha hecho prevalecer el criterio de que si un permiso está aprobado por un funcionario municipal o un cuerpo colegiado estatal, se tiene que dar por descontado que en dichas instancias se procedió con apego al derecho; es decir, los tribunales sostienen la infalibilidad de las actuaciones funcionarias, una situación deseable pero irreal en un país en donde la práctica comercial de la ventaja está tan arraigada. Posiblemente en países de instrucción, urbanidad y culturas elevadas, con tradición de serios, como los escandinavos, los funcionarios proceden acorde con las leyes porque en esas latitudes es mal visto hacer trampa. Todo lo contrario de lo que sucede por aquí. Aquellos que obtienen tratos privilegiados también son calificados como empresarios exitosos y agresivos. Además, sería muy conveniente que el Colegio de Abogados se pronuncie sobre esta controversia, porque la mantención de esta "doctrina" lisa y llanamente pone en riesgo nuestro Estado de derecho. En los cinco fallos que constituyen la fuente de nuestra preocupación (todos ellos respecto de millonarios negocios que preferimos no detallar entre otras razones, por espacio y porque en distintas oportunidades hemos hablado sobre ellos) la Corte Suprema se ha apoyado sólo en una presunta incompetencia de la Contraloría para validar permisos irregulares. Si continúan estos fallos, entendemos que el contralor general le pedirá al Senado que analice la situación, porque, de una u otra manera, estamos ante una contienda de competencia y si aquel resuelve que la Contraloría está inhibida de fiscalizar el fondo de los actos administrativos, no tendría mayor sentido su misión. Está clarísimo que, sin el ejercicio de la función fiscalizadora que la Constitución y su ley orgánica le entrega a este organismo, los negocios en todos los ámbitos de acción serán más rápidos y los ganadores en la competencia del mercado serán, indefectiblemente, los más hábiles y los mejores relacionados con la estructura del Estado.



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