Fue a fines de enero de este año representantes de las comunidades y municipios de Puchuncaví, Huasco, Quintero y Santiago presentaron una reclamación ante el Segundo Tribunal Ambiental de Santiago con la meta de impugnar la “Norma de calidad primaria para material particulado respirable MP10, en especial de los valores que definen situaciones de emergencia”, publicada en el Diario Oficial en diciembre pasado y que derogó el límite anual de la norma asociado al MP10, acción que fue acogida a trámite por la instancia.
Y es que tal modificación, permite niveles de concentración más altos de contaminación de material particulado, lo que podría causar daño a la salud de las personas.
En este contexto, el bioquímico de la Universidad de Chile, Dr. Pablo Ruiz, experto en salud pública y doctorado en Harvard, presentó este viernes un informe ante el Tribunal, bajo el rol de “Amicus Curiae”, una figura nunca antes aplicada en el país en materia ambiental y que apunta a personas naturales o jurídicas expertas que, sin tener relación con las partes del respectivo juicio, emite una opinión fundada, con el único objeto de velar por la protección de la población, es decir, del interés público en juego, y de ilustrar al Tribunal Ambiental.
Ruiz señaló que existe evidencia material internacional que sustenta la noción de que la exposición a MP10 de largo plazo, puede producir efectos en la salud crónicos y que pueden ser independientes de la exposición al MP2,5,coincidiendo así con la postura de las comunidades afectadas por diversos proyectos energéticos y/o altos niveles de contaminación. “Del análisis presentado parece recomendable revisar el proceso de derogación de la norma de MP10 anual (de largo plazo) considerando la restitución de ésta, principalmente porque parece ignorar los efectos en salud de largo plazo encontrados en la literatura internacional y ratificados en documentos como los generados por la OMS.
Además el proceso de evaluación de los efectos sociales parece sesgado, subestimando los impactos sociales de la derogación”, detalló el experto.
Por su parte, Natalia Alfieri, abogada que representa en la acción a la comunidades y municipios arriba mencionados señaló que “nos parece importante que se haya usado esta figura. Es valioso que un experto reconocido entregue desinteresadamente su opinión en defensa del interés público. Esto enriquece el debate y permite que el Tribunal Ambiental cuente con información experta”.
“Aquí es relevante que se sepa que la derogación que se realizó no tiene sustento científico ni técnico y que afectará a la población. En el futuro, el uso adecuado del Amicus Curiae nos dará la oportunidad de demostrar madurez cívica, responsabilidad y compromiso público”, sentenció la experta en Derecho Ambiental.
Cabe apuntar asimismo que el Doctor, Enrique Paris presidente del Colegio Médico, también se manifestó disponible para emitir un informe sobre esta materia, en caso que lo requiera el Segundo Tribunal Ambiental.