Conozca Santiago, martes 28 de enero de 2014
Sr. Carlos Sottolichio, Alcalde Conchalí
Sr. Daniel Johnson, Director del Serviu Metropolitano
Sra. Romina Zuloaga, Seremi de Bienes Nacionales
Sr. Juan Andrés Muñoz, Seremi de Vivienda y Urbanismo
Materia : Conflicto por posible usurpación de terreno privado en la comuna de Conchalí
Los dirigentes de la Cooperativa de Viviendas Oscar Heiremans, entidad que agrupa a 63 familias que residen en sendas viviendas construidas por la constructora Habitacoop, localizadas entre las calles Barcelona, Huechuraba, Boston y Versalles, comuna de Conchalí, han tomado contacto con nuestra fundación solicitándonos asistencia ante un intento de ocuparse irregularmente un terreno área verde de 5.100 m2, mantenido desde su origen por los vecinos que lo ocupan con fines recreacionales, situado al costado norte de ese conjunto habitacional construido en el año 1968.
Este terreno área verde, según la inscripción del 19 de abril de 1967 en el Conservador de Bienes Raíces de Santiago, a fojas 21006, número 24476, le pertenece a la Población Oscar Heiremans antes señalada y se ha llegado a este nivel de conflicto porque han existido lamentables desinteligencias en el aparato del Estado con las cuales se pretende desconocer los derechos de propiedad que tienen esos vecinos sobre el terreno en comento.
Hay dos versiones al respecto :
1.- Este terreno área verde, está tipificado como parque adyacente a sistemas viales en el PRMS, y se nos ha informado que habría caducado su declaratoria de utilidad pública, conforme al plazo estipulado en el artículo 59º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC). Así, el municipio le habría solicitado al Seremi de Vivienda y Urbanismo su autorización para modificar su uso de suelo, otorgándole las normas de edificación de los predios adyacentes, conforme al mandato de ese artículo, desconociéndose a la fecha si para tal efecto se publicó en el Diario Oficial el Decreto respectivo.
2.- También se dice que la Seremi de Bienes Nacionales, aplicando disposiciones contenidas en la Ley Nº 1.939, habría desafectado este predio de su calidad de bien nacional de uso público, vendiéndoselo en la suma de UF 7.500 al Serviu Metropolitano para posibilitar la construcción de viviendas sociales, tramitadas directamente ante la Dirección de Obras Municipales por la señora Vilma Saéz en su condición de captadora de este negocio que transfirió a la EGIS Entidad Organizadora y Consultora Habitacional Nueva Vivienda Limitada.
En razón a que estas 63 familias, apoyadas solidariamente por unas 400 familias, que viven en las Poblaciones La Granja, Punta de Diamantes y Juanita Aguirre, situadas en el barrio, están dispuestas a luchar con plena convicción en defensa de sus legítimos derechos urbanos para que su área verde no sea destinada a otros usos, les expresamos que sería necesario dilucidar esta engorrosa situación buscando el bien público.
Teniéndose en cuenta que este conflicto está radicado en los tribunales de justicia, ROL Nº 142053-2013 ingresado el 21 de noviembre de 2013 en la Corte de Apelaciones de Santiago, y en el evento de que ustedes no estén dispuestos a llegar a una solución, les solicitamos que por prudencia funcionaria se inhiban de continuar con el proyecto inmobiliario ad portas a ejecutarse en esa área verde hasta que se conozca el fallo de la Corte.
Atentamente,
Patricio Herman
www.defendamoslaciudad.cl
9 2585459
Cc señor Cristián Torres, Dirigente de la Cooperativa Oscar Heiremans